Para despejar confusiones y ante las elecciones que se desarrollarán el próximo 30 de octubre en la ciudad, Cali Sur consultó a expertos que explican qué es este organismo y cuáles son los beneficios que presta.

Para algunos, la Junta Adminstradora Local, JAL, es lo mismo que la Junta de Acción Comunal, JAC. Otros no tienen idea de lo que significa, mientras que los más entendidos afirman que la JAL ayuda al desarrollo de los barrios y las comunas.Para despejar confusiones y ante las elecciones que se desarrollarán el próximo 30 de octubre en la ciudad, Cali Sur consultó a expertos que explican qué es este organismo y cuáles son los beneficios que presta.De esta manera, los habitantes de las comunas del Sur tendrán más elementos de juicio para participar en las otras elecciones del próximo 30 de octubre, cuando, además de Alcalde y Gobernador, concejales y diputados, se elegirán los integrantes de las nuevas JAL. ¿Qué es una JAL?La Junta Administradora Local, JAL, es un organismo conformado por varias personas de diferentes barrios de la misma comuna. Es una corporación administrativa de carácter público, de elección popular.¿Para qué sirve? Para distribuir y apropiar las partidas globales que se asignen en el presupuesto anual del Municipio a las comunas, teniendo en cuenta las necesidades básicas insatisfechas de su población. También para vigilar y controlar la prestación de los servicios en su localidad y las inversiones que en ella se realicen con recursos públicos. Igualmente, para cumplir las funciones que en materia de servicios públicos, construcción de obras y ejercicio de atribuciones administrativas que les deleguen las autoridades nacionales. Las JAL promueven la participación y la veeduría ciudadana en el manejo y el control de los asuntos públicos; ejercen las demás funciones que les asigne la Constitución, la ley, los acuerdos y los decretos.¿Cuándo se eligen y por cuánto tiempo?El 30 de octubre, mismo día que se elige Gobernador, Alcalde, Concejo y Asamblea. la JAL se elige por un periodo de cuatro años y se pueden reelegir.¿Además del Presidente, quiénes integran una JAL?El vicepresidente, el secretario y comuneros. Máximo nueve personas y mínimo cinco.¿Manejan un presupuesto?En la capital del Valle no. Solamente orientan el presupuesto asignado a cada comuna.¿Quién las controla?Por tratarse de particulares que adquieren la categoría de servidores públicos, mientras actúan como miembros de la JAL y adoptan decisiones, pueden ser investigados por la Procuraduría y la Contraloría Municipal, según sea el caso.¿Qué se requiere para aspirar a la JAL?Ser ciudadano en ejercicio y haber residido o desempeñado alguna actividad profesional, industrial, comercial o laboral en la misma localidad por lo menos dos años antes a la fecha de elección. No haber sido condenado a pena privativa de la libertad, excepto por delitos políticos.¿Quiénes no pueden ser candidatos?Quienes se encuentren inhabilitados de acuerdo al régimen electoral o con impedimento legal alguno, es decir, sanción de la Procuraduría u otro organismo de control.¿Cuál es su área de influencia?La comuna o el corregimiento donde tiene jurisdicción la JAL. En el caso de Cali, son 22 comunas y quince corregimientos. Actualmente todas las comunas de la ciudad tienen JAL.¿Desde cuándo existen?Se crearon en Colombia en 1968 y en 1986, por medio de un acto legislativo, fueron reformadas. Posteriormente, con la Constitución Nacional de 1991, se legitimaron en el Artículo 318.¿Cómo será el proceso de elección este 30 de octubre?Cada ciudadano recibirá cinco tarjetas, una por cada circunscripción: Gobernador, Alcalde, Diputado, Concejal y Comunero. Se debe marcar igual que para Concejo: el partido o movimiento y el número del candidato.