El conteo regresivo para las elecciones de autoridades locales que se llevarán a cabo el próximo 27 de octubre ya empezó a contar más rápido, por lo cual la Alcaldía de Cali publicó el decreto que regula la publicidad política exterior en la ciudad.

Dicho decreto (No.4112.010.20.0310 de mayo de 2019) establece que  ningún candidato podrá instalar publicidad exterior antes de tres meses de las elecciones, es decir, antes del 27 de julio.

Además, cada uno de los partidos políticos con personería jurídica, grupo significativo de ciudadanos o movimientos sociales, podrá fijar un máximo de 20 vallas, que deberán estar registradas en el Departamento de Planeación Municipal.

Con el decreto también se regula la publicidad móvil en vehículos de servicio público y vehículos exclusivos con plataforma para este tipo de propaganda, que también deben contar con el permiso de Planeación Municipal.

También se determinó  que solo se permitirá la instalación de un elemento en la fachada de las sedes políticas.

Restricciones

No se permitirá la instalación de publicidad exterior visual móvil o elementos publicitarios en buses de transporte público o especial, microbuses de servicio público, de transporte colectivo, escolares, entre otros.

No se permitirá la distribución de volantes en sitios históricos, culturales, puentes vehiculares, peatonales, entidades oficiales y de fuerza pública.

Queda prohibido fijar propaganda política en espacio público, especies arbóreas, postes, puentes, torres eléctricas, corredores del Sistema MIO, entre otros.

Queda prohibido publicidad política pintada con aerosol o cualquier clase de pintura, en inmuebles públicos o privados.

Descargue el decreto completo aquí

Lea además: ¿Por qué esta vez hay 17 precandidatos detrás de la Alcaldía de Cali?

Mediante la circular del 20 de marzo de 2019 el Consejo Nacional Electoral requirió a los alcaldes que remitan la relación de las vallas y todo tipo de publicidad política extemporánea.