El pico y placa es una medida de restricción vehicular implementada en algunas ciudades de Colombia, como Cali, con el fin de reducir la congestión del tráfico y la contaminación.

Ante esto, la ‘Sucursal del Cielo’ mantiene la medida para vehículos particulares, vigente desde el pasado 1 de julio, y se extenderá hasta el 31 de diciembre de este año.

Pico y placa

Para el jueves, 21 de agosto, la norma afectará a los automotores cuyas placas finalicen en los dígitos 9 y 0.

La restricción aplica de 6:00 a. m. a 7:00 p. m., cubriendo tanto el perímetro urbano como las principales vías de acceso y salida de la ciudad.

Así aplicará el pico y placa en Cali para el 21 de agosto de 2025. | Foto: Montaje Jesús Chacín/El País con fotos de: (Raúl Palacios) y ( Secretaría de Movilidad de Cali)

Para el resto de la semana funciona así:

Lunes: 3 y 4.

Martes: 5 y 6.

Miércoles: 7 y 8.

Jueves: 9 y 0.

Viernes: 1 y 2.

Rotación del pico y placa en Cali para el segundo semestre del 2025. | Foto: Foto: cortesía Alcaldía de Cali

Es importante recordar que los días festivos, los sábados y domingos, están exentos de la restricción.

La autoridad de tránsito advierte que los vehículos que ingresen desde otros municipios también deberán cumplir con la medida, pues de lo contrario podrían recibir sanciones económicas.

Consecuencias de no acatar la medida y excepciones

La multa por infringir la norma es de 15 salarios mínimos diarios legales vigentes, lo que equivale a $711.000 en 2025. Además, el vehículo podría ser inmovilizado.

Sin embargo, las autoridades establecieron que ciertos vehículos tiene una excepción ante el pico y placa, por lo que podrán circular todos los días de la semana, sin importar los dígitos en los que termine la placa.

Los vehículos con excepciones son:

  • Vehículos de emergencia (ambulancias, bomberos, Cruz Roja, Defensa Civil, entre otros).
  • Automóviles oficiales (vehículos de gobernaciones y alcaldías, vehículos de gestión y riego de desastres).
  • Transporte público (MIO, busetas intermunicipales y taxis).
  • Carros diplomáticos, eléctricos, y/o híbridos.
  • Motos.
  • Vehículos que transportan personas con movilidad reducida (previamente certificados).
  • Automóviles de carga pesada (mayor o igual a cinco toneladas).
  • Carros particulares que pagaron la tasa por congestión autorizada por la Alcaldía.
Estos son los vehículos exentos de la norma de pico y placa | Foto: Secretaría de Movilidad
Tasa por congestión

Como alternativa, la Secretaría de Movilidad ofrece la tasa por congestión, un pago que permite a los conductores circular sin restricción. Los valores establecidos para 2025 son:

  • Pago diario: $192.811.
  • Pago mensual: $771.245.
  • Pago semestral: $4.627.470.

Para hacer uso de este beneficio, el conductor deberá ingresar al portal web de la Alcaldía de Cali y en la sección de trámites y servicios, en la casilla de “Liquidación Tasa por Congestión”, realiza el pago seleccionado y una vez la entidad le expida el comprobante, el usuario lo debe portar en las calles de la ciudad y presentarlo en caso de ser requerido por un agente de tránsito.