Aunque parezca un requisito de ley, el documento que desde algún tiempo exigen firmar, al menos en los patios de la Secretaría de Tránsito localizados en Acopi Yumbo para la entrega de vehículos que han sido inmovilizados, no tiene ningún sustento legal.
Así quedó establecido luego de que unas semanas atrás un conductor fuera a reclamar su motocicleta, inmovilizada afuera de una clínica en el sector de Imbanaco, y cuando fue a reclamarla en los patios tenía roto un espejo, la manilla del embrague, varios rayones y encontró el casco arrastrando de una guaya y lleno de agua.
Sin embargo, y previo a la autorización para ingresar a retirar la motocicleta, en las oficinas del patio de Tránsito en Acopi Yumbo, sin haber visto las condiciones en las que se encontraba, debió firmar un papel sin logos en el que prácticamente renuncia a hacer algún reclamo por daños en el vehículo.
Una situación que se repite constantemente por las condiciones en las que son trasladados carros y motos hacia los patios y por la falta de espacio en este parqueadero que claramente ha superado la capacidad máxima para custodia de más vehículos.
“Cuando usted entra y se asoma en la manera en la que están arrumando las motos allá adentro, le da es tristeza ver cómo su vehículo, su patrimonio, le vale cinco a la ciudad y que solo le importa es el dinero; esta moto no estaba parada, sino recostada con otra”, aseguró el pasado viernes otro conductor que llegó a retirar su motocicleta.
Frente a estas denuncias, el abogado Elmer Montaña aseguró que es absolutamente irregular la forma en la que viene operando el esquema de movilidad en la ciudad para el trámite de retiro de vehículos de los patios de la Secretaría de Tránsito.
“Obligar al propietario de un vehículo a firmar un acta de entrega a entera satisfacción, sin darle la posibilidad a quien lo recibe de verificar previamente el estado en que se encuentra su carro o su motocicleta, tiene como objetivo librar a la empresa de cualquier responsabilidad por los daños o perdidas ocasionadas en los parqueaderos”, dijo.
Agregó que eso “es obligar a la persona a cometer una falsedad ideológica en contra de su propio interés. Eso debe ser denunciado a la Superintendencia de Industria y Comercio”.
Cuestionado el secretario de Movilidad, Gustavo Orozco, sobre esta situación, indicó que se “suscribió un contrato interadministrativo con el Centro de Diagnóstico Automotor del Valle (Cdav, actualmente Enruta), entidad encargada de la administración y operación de los parqueaderos y grúas para el traslado y la custodia de los vehículos inmovilizados”.
“En virtud de lo establecido en dicho contrato, la operación se realiza por cuenta y riesgo del contratista, quien es el responsable de responder por los daños que puedan presentarse en los vehículos durante su traslado y permanencia en los patios”, agregó.
“No es obligación”
De acuerdo con los datos suministrados por la misma Secretaría de Movilidad de Santiago de Cali, en el 2025 se registraron 74 quejas y reclamos relacionados con daños a vehículos durante su traslado o custodia en el marco del servicio de grúas y patios prestado a través de un tercero por el Centro de Diagnóstico Automotor.
“Estas reclamaciones fueron atendidas directamente por el contratista, sin que la Secretaría de Movilidad del Distrito de Santiago de Cali haya tenido que realizar erogación alguna, toda vez que contractualmente la atención de este tipo de reclamaciones corresponde al Cdav”, aseguró Gustavo Orozco.
El Artículo 125 de la Ley 769 del 2002 obliga a realizar registro del estado del vehículo y del inventario de ingreso, incluso con soporte fotográfico.
El País consultó con Carlos Ramírez, encargado de la custodia de los vehículos en el patio de Tránsito en Acopi Yumbo, quien aseguró que ese documento hace referencia a la entrega de los vehículos a los usuarios, no a la renuncia de alguna reclamación.
“En ningún momento el documento ha sido utilizado como soporte ante cualquier reclamación realizada por los usuarios, los mecanismos que tenemos para responder las quejas o solicitudes se basan en las pruebas que se tengan por parte de los grueros y del patio oficial (fotos, videos, cctv, entre otros), y siempre se les da respuesta con la evidencia clara y real”, indicó Ramírez.
Sobre la legalidad del documento, reconoció que no tiene una base legal y que “solo es protocolo para la entrega del vehículo; si un usuario quiere hacer una reclamación, la puede hacer libremente y nada ha sido excusa hasta el momento para no recibir alguna queja o reclamo”. “todas las quejas y reclamos se reciben y se tramitan de acuerdo a las pruebas aportadas por las partes”.
Al cuestionarlo sobre qué ocurre si un conductor se niega a firmar ese documento antes de que le sea entregado su vehículo, indicó que lo puede hacer.
“Por supuesto que sí, nosotros no retenemos ningún vehículo si no es por orden del CDAV. El documento se firma para salvaguardar las responsabilidades por la mala intención de algunos usuarios”, aseguró.
“La mala fe no es de los usuarios, la mala fe es de la Administración y de la Secretaría de Tránsito obligando a que una persona firme a ciegas un documento en el que los exime de responsabilidad frente a los daños que le pueden ocasionar a sus vehículos”, explicó un exfuncionario de Tránsito y experto en movilidad en Cali.
“No es ni más ni menos que el Estado actuando como lo hace un bandido, tratando con engaños de obligar al error a un ciudadano que desconociendo las normas pone firma y huella en un papel ilegal en el que asegura que ha recibido su vehículo ‘en las mismas condiciones en las que fue inmovilizado’. Es el abuso del poder”, concluyó.