La Alcaldía de Cali anunció que aquellos ciudadanos que tienen atrasado su pago del impuesto predial van a tener un beneficio económico. Se trata del 100 % de descuento en intereses de mora del predial hasta cinco vigencias anteriores al año 2026.

El público objetivo de este beneficio serán todos los contribuyentes hasta el 31 de diciembre del 2026. Asimismo, se encuentran aquellos ciudadanos que tengan inmuebles afectados, evacuados o colapsados por el devastador terremoto del pasado 10 de agosto, con fecha límite de hasta el 31 de diciembre del 2027.

“Si todavía no ves el descuento en tu factura, no te preocupes: pronto aparecerá. Estamos ajustando el sistema para que el alivio se aplique automáticamente a todas las personas a quienes les corresponde”, explicó la Administración Distrital.

El impuesto predial sigue siendo un dolor de cabeza para los caleños. | Foto: El País

En cuanto al descuento del 100 % de los intereses de mora del predial, va a ser de hasta cinco vigencias anteriores al 2026. Esto significa que el ciudadano pagará el valor del predial junto a las sobretasas e intereses que hagan parte de esas sobretasas, razón por la cual se recuerda que el alivio es sobre los intereses de mora del impuesto predial.

En caso de haber suscrito una facilidad de pago, se puede solicitar la desactivación de la facilidad de pago, generar la factura y escoger hasta cinco vigencias para pagarla completa con el alivio. Los puntos en donde se pueden realizar son el Edificio Bulevar de la Sexta y en los centros comerciales Chipichape y Cosmocentro.

Casos en los que aplican los alivios

La Alcaldía de Cali destaca que los alivios también aplican para estas cuatro situaciones:

  • Deudas de años anteriores más 2026: Los años anteriores al 2026 aplican para el alivio. Hasta el 31 de diciembre del 2026 se puede pagar el predial sin intereses.
  • Propietario de varios predios: Al alivio se puede acceder de hasta cinco vigencias por cada inmueble.
  • Abono previo de una parte: Se paga la cantidad que hace falta de esa vigencia y se descuentan los intereses de mora del predial pendientes.
  • Cobro activo sin embargo: Se debe generar la factura y pagar.

Aunque este beneficio se puede pagar a través de los canales digitales de los bancos, sí se debe acudir a un punto de atención en los siguientes casos:

  • Se deben más de cinco vigencias y se necesita elegir cuáles pagar con el alivio.
  • El deseo de pagar algunas vigencias ahora y otras después.
  • Contar con un acuerdo de pago y se pretende acceder al alivio.
  • El inmueble fue afectado por el terremoto, pero aún no aparece reconocido el plazo hasta el 2027.