ELECCIONES
La modernización del Código Electoral tardará más de los previsto
De ser aprobado el Código Electoral en la Corte, pasaría a ser sancionada por el Presidente.
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8 de abr de 2022, 11:45 p. m.
Actualizado el 20 de dic de 2024, 04:07 p. m.
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Después de cuatro meses, la Corte Constitucional, en su sala plena, volvió a discutir la ley estatutaria por medio de la cual se aprobó desde 2020 el nuevo Código Nacional Electoral, que por impedimentos presentados por los magistrados no entraría a regir para las presidenciales.
Se esperaba que esta ley, que moderniza las normas electorales del país, entrara en vigencia para las legislativas, pero por discrepancias entre los magistrados, entre ellas recusaciones, el estudio se ha ido corriendo.
Ahora que retomó la discusión, lo primero que deberá decidir la Corte es qué hacer con el impedimento que presentaron tres de los magistrados. Uno presentado por Diana Fajardo, por considerar que su esposo, Jorge Alejandro Medellín, es el presidente de la junta directiva del Colegio Claustro Moderno, usado en elecciones como puesto de votación.
Alejandro Linares pidió a la sala aceptar su impedimento al considerar que uno de los artículos dispuso que los jueces y los magistrados no serán llamados como jurados de votación, lo cual implica que serían relevados de un deber ciudadano.
El tercer magistrado en declararse impedido fue Antonio José Lizarazo, porque recordó que fue asesor externo de la delegación del Gobierno Santos en el proceso de negociación con las Farc, y la ley determina asuntos sobre participación en política.
“Eso significa que hasta tanto no se resuelvan los impedimentos en el sentido de si se aceptan o no y, en caso de aceptarse que se proceda a nombrar conjueces, no habrá una decisión en la Corte Constitucional al respecto”, explica el exmagistrado Armando Novoa.
Adicionalmente, hay otras discusiones por ser resueltas. La primera de ellas es si el Código, al tratarse de una ley estatutaria, podía ser aprobada en el Congreso en sesiones extraordinarias.
“La segunda discusión es si en la época de la pandemia se podía adoptar una ley estatutaria a través de sesiones virtuales, sin respetar el principio de presencialidad”, manifiesta Novoa.
Ambos debates apuntan a la manera en que el Código Electoral fue tramitado por parte del registrador nacional, Alexánder Vega.
“Si la Corte concluye que una ley estatutaria no se puede expedir en sesiones extraordinarias”, dice el exmagistrado, “o que no se podía tramitar virtualmente, el Código se debe caer en su integridad”.
Superadas esas discusiones, el alto tribunal entraría a estudiar aspectos específicos de la norma como la ampliación del horario de la jornada electoral, la paridad de género en la conformación de las listas al Congreso, la creación del domicilio electoral, las tres modalidades de voto.
Por otro lado, desde algunos sectores podrían estar preguntándose si la medida podría entrar en vigencia para las próximas elecciones presidenciales.
A la inquietud, Novoa responde que “va a ser difícil que en el tiempo que tenemos de aquí al 29 de mayo, cuando se deberá realizar la primera vuelta de las elecciones y, si hay segunda, la Corte tome una decisión”.
El por qué estaría en que si llegan unos conjueces, estos tendrán que tener un término prudencial para estudiar el Código que contempla alrededor de 230 artículos. “Es un Código extenso, que tendría que estudiarse con detenimiento”, concluye.
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