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La reforma a la Justicia

La consolidación del Estado Social de Derecho sólo será posible cuando la...

28 de agosto de 2010 Por: Paloma Valencia Laserna

La consolidación del Estado Social de Derecho sólo será posible cuando la rama jurisdiccional cumpla sus funciones con mayor transparencia y eficiencia. Los males de la Justicia colombiana son múltiples y la reforma presentada por el gobierno es el inicio de un proceso mucho más complejo que será fundamental para el país.Uno de los temas prioritarios es el control sobre los magistrados que están prácticamente por fuera de cualquier contrapeso. En el caso de la Corte Suprema, por ejemplo, la Comisión de Acusaciones de la Cámara lleva la investigación, y puede declarar indigno para ejercer el cargo a un magistrado, pero si median delitos, son sus pares, sus compañeros de la Corte, quienes juzgan al magistrado. No hay, pues, juez independiente. Lo cierto es que la Comisión de Acusaciones tampoco tiene la fortaleza para enfrentar a los magistrados. Muchos congresistas se sienten atemorizados, pues son esos magistrados quienes juzgan a los parlamentarios en única instancia. El proyecto del gobierno pretende encargar la investigación de los magistrados de una Corte a otra; así, la Corte Constitucional investigaría los magistrados de la Corte Suprema. No es una buena propuesta. Los magistrados de una Corte pasan a la otra, se trata de un mismo círculo de amigos y aliados. Este diseño significa la absoluta imposibilidad de juicios imparciales. Además, así como las otras ramas de poder son juzgadas por una rama distinta, la rama jurisdiccional no debe ser la excepción. Es apenas justo que se cree la doble instancia para los funcionarios con fuero que son juzgados por la Corte Suprema. Tener acceso a dos jueces es un derecho del hombre. Mientras no se modifique la única instancia esos juicios serán nulos. Aún así, la idea de que sean las propias salas de la Corte Suprema las encargadas de cumplir con la pluralidad en el juzgador, es una diferencia meramente formal. Se trata de la separación de un grupo de magistrados elegidos entre ellos mismos por cooptación y reunidos en salones distintos. No habría garantías y se continuaría vulnerando el derecho a dos jueces independientes. Convendría más que la segunda instancia esté encomendada a la Corte Constitucional, para que haya una separación más real. Hay que solucionar, también, el que estos funcionarios con fuero sean investigados y juzgados por el mismo órgano -la Corte Suprema. Ello lesiona el derecho fundamental al debido proceso. La instrucción y acusación debería estar a cargo del Fiscal General de la Nación, que su vez debería ser elegido de terna presidencial por la Corte Constitucional o el Consejo de Estado.Además la elección de los magistrados no debe –bajo ninguna circunstancia- ser por cooptación. La independencia de la Justicia no significa la instauración de un sistema sin frenos ni contrapesos. Las ramas del poder deben -hasta cierto punto- ser susceptibles a la influencia de las otras, de manera que el flujo de la voluntad popular, expresado a través de los votos, circule y mantenga la estructura estatal sintonizada con el querer democrático; y garantizar que ninguna rama tenga poderes absolutos.Vale recordar que los comentarios de los miembros de la rama jurisdiccional al respecto de la reforma pueden ser luces, pero nunca mandatos. Mal haríamos, si pidiendo independencia para la Justicia, suprimiéramos la independencia del Congreso. La Justicia no puede regularse a sí misma.