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¿Orden?

El ordenamiento territorial es un mecanismo previsto por la constitución para la...

8 de agosto de 2011 Por: Gustavo Moreno Montalvo

El ordenamiento territorial es un mecanismo previsto por la constitución para la gestión de municipios, departamentos, provincias, regiones y territorios indígenas y de negritudes. En principio, un marco normativo flexible permite diseñar estrategias para el desarrollo regional y local con miras a la integración en la economía global. En la maratón de aprobaciones que logró el gobierno nacional en el Congreso en el primer semestre quedó incluida la ley estatutaria de ordenamiento territorial. Tras muchos intentos previos de expedir normas similares, solo en el decimonono hubo éxito. La ley se aprobó sin mayor discusión a pesar de su impacto potencial.La ley abre el espacio para asociaciones de municipios y departamentos, establece pautas para ordenar las leyes vinculadas con el tema, y permite el desplazamiento de competencias de la nación a las entidades territoriales como consecuencia de un proceso de negociación. Además crea la figura de regiones administrativas de planeación, y establece dos nuevos fondos financieros: el Fondo de Desarrollo Regional y el Fondo de Compensación Regional. Ellos serán el vehículo para los recursos requeridos por las actividades que surjan de la relación entre los distintos entes territoriales, incluidas las áreas metropolitanas. Como suele suceder en estos tiempos, la ley crea una nueva comisión, la de Ordenamiento, que contará con la asesoría técnica del Congreso.En esta época, así los países conformen unidades fiscales y monetarias en la mayoría de los casos, quienes compiten en la economía global son las áreas metropolitanas y las regiones. Los países no compiten, pues ellos son sistemas más bien cerrados, aun hoy, pese a toda la penetración de la ideología aperturista. En los países ricos hay ciudades muy pobres, como Detroit en EEUU, y en los países menos desarrollados hay comarcas prósperas, como los estados del sur en Brasil. La estrategia de una región o de una ciudad depende de sus ventajas comparativas naturales y adquiridas. Esto significa que es necesario trazarse un norte colectivo y actuar de manera articulada entre lo público y lo privado. Debe haber un plan y un mecanismo de seguimiento. Además es necesario incorporar métodos apropiados para ajustar el plan a los cambios del entorno. El marco legal no basta. Es imperativo tener un conjunto de prácticas coherente con el interés general, para evitar ciertos riesgos. Lo que en el papel parece muy bonito puede ser otra oportunidad para la corrupción, con todos sus estragos, y la flexibilidad puede volverse un pretexto para objetivos clientelistas. En el caso de Colombia, parece que le damos más importancia a la retórica que a la práctica. El ordenamiento territorial flexible merece una oportunidad ¿Entenderemos y actuaremos?