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Eliminando garantías

Lo prioritario e indiscutible es poder seguir controlando los riesgos de corrupción en la etapa más importante de nuestra democracia: sus tiempos electorales.

26 de septiembre de 2021 Por: Vicky Perea García

En los últimos días se ha suscitado controversia nacional debido a que las comisiones económicas conjuntas del Congreso aprobaron en primer debate el proyecto de Presupuesto General de la Nación para la vigencia 2022, incluyendo el polémico artículo 125 que buscaría modificar la Ley de Garantías. Esta modificación sugiere que “las entidades del orden nacional y las entidades territoriales podrán celebrar convenios administrativos e interadministrativos para la ejecución de recursos públicos”, y ello lo podrían hacer incluso antes de las elecciones presidenciales que se avecinan en el año 2022, hoy esto no está permitido, cuatro meses antes para elección de Presidente y seis meses antes por elecciones del Congreso, para preservar la transparencia electoral. Esta modificación tiene enorme riesgo para nuestro país a tan sólo pocos meses antes de las elecciones presidenciales y de Congreso.

La razón de tanto temor es que el cambio permitiría que mandatarios locales y regionales puedan contratar prácticamente a dedo, siempre y cuando sea a través de organizaciones como universidades, entidades descentralizadas y algunas ONG, que cuentan con un estatus especial.

Algunos argumentarán que es necesario promover la fluidez de la gestión pública, en particular en los procesos contractuales y en especial luego del doble golpe del covid y el paro, pero levantar las protecciones a la democracia que pone la Ley de Garantías justo algunos meses antes de las elecciones presidenciales y de Congreso es un despropósito, sobre todo en este momento cuando hay tanta desconfianza en las instituciones a nivel nacional, y ni hablar en regiones como la nuestra donde en años pasados hemos visto como políticos hoy aún activos utilizaron los acuerdos administrativos para aparentemente hacer de las suyas con los recursos públicos.

No olvidemos que la Ley de Garantías (Ley 996/2005), surge con el propósito específico de garantizar la igualdad de condiciones en los procesos electorales, promover la transparencia en el uso de recursos públicos en tiempos electorales y establecer restricciones y prohibiciones de participación política de los servidores públicos. Además de impedir la contratación por unos meses antes de elecciones, la ley también reglamenta la financiación pública de elecciones; pone límites a los aportes a las campañas presidenciales de personas naturales, del propio candidato y sus familiares; establece el proceso de rendición de cuentas al CNE y de auditoría del manejo de recursos de las campañas; y reglamenta el acceso a los medios de comunicación institucionales, entre otros.

Los que hemos administrado recursos públicos, sabemos la precisión y diligencia requerida para ejecutarlos cumpliendo el principio de anualidad presupuestal, conocemos de la habilidad que se requiere para afrontar todas las afugias técnicas, legales, logísticas y demás para contratar con recursos públicos. En época electoral la Ley de Garantías prácticamente restringe gran parte de la contratación pública y esto hace más lento el avance de lo público, cierto es.

Sin embargo, lo prioritario e indiscutible es poder seguir controlando los riesgos de corrupción en la etapa más importante de nuestra democracia: sus tiempos electorales. Infortunadamente la forma de hacer trampa y sacar ventajas indebidas en campañas son muchas y las pocas que sirven son las restricciones de esta Ley, porque son evidentes. Levantarla en este momento es un despropósito que afectará el bienestar de nuestra democracia y aún más la confianza ciudadana.

Sigue en Twitter @alejoeder