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Realizar grafittis en paredes o muros de una propiedad particular sin el permiso de su dueño, o en un espacio público de la ciudad sin autorización de la Alcaldía Cali, es una conducta por la que este año ya se ha multado a 2 personas. | Foto: istock / El País

CALI

Más allá de las empanadas: otras sanciones polémicas del Código de Policía

Usted podría ser multado por lavar su carro en un río o por obstaculizar su identificación.

19 de febrero de 2019 Por: Redacción de El País

No se detiene la ola de rechazo que se desató en el país por las recientes sanciones a dos compradores de empanadas en puestos ambulantes.

Tal es la polémica, que el alcalde de Cali, Maurice Armitage, pidió revisar el Código Nacional de Policía para no perjudicar la labor de los vendedores informales. “Si hay una manera de salir adelante como país es facilitando las oportunidades, no limitándolas”, dijo.

Incluso, hasta la ministra de Trabajo, Gloria María Borrero, aseguró que hubo una interpretación errada del numeral sexto del artículo 140 del Código de Policía. “Yo creo que ese no es el sentido de la Ley, el sentido del Código de Policía era realmente ir contra las mafias del espacio público”, sostuvo.

Si bien es cierto que hasta el momento, en la capital del Valle ha habido personas sancionadas por comprar comida o cualquier otro producto en la calle, la Policía sí ha impuesto comparendos a quienes invaden el espacio público o promueven su ocupación de manera irregular.

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En esta ciudad, en cumplimiento del numeral 4 del artículo 140, que castiga la ocupación ilegal del espacio público, se han aplicado 125 órdenes de comparendo; mientras que por el numeral 6 del artículo 140 se han aplicado 22. Este último está relacionado con promover el uso u ocupación del espacio público en violación a la normatividad vigente.

“Por ejemplo, cuando una persona ocupa un parque para vender cualquier producto o cuando un ciudadano saca sus enseres al espacio público y obstaculiza el transitar de los peatones”, explicó Luis Eusebio Araque, asesor jurídico (e) de la Policía Metropolitana de Cali.

Pero estas no son las únicas conductas que son contrarias a la convivencia, El País hoy le trae seis de las menos conocidas. ¡Que no lo tomen por sorpresa!

Lavar vehículos en ríos o fuentes hídricas

Este es comportamiento contrario a la preservación de los recursos hídricos que se sanciona con una multa tipo 4 de $883.296
“Ahora tenemos una escasez del agua por el Fenómeno del Niño y a eso se le suma que los afluentes terminamos contaminándolos porque tenemos la cultura de lavar en ellos los carros, las motocicletas y hasta nuestros bienes muebles. Esta práctica es frecuente en el 80 % de los ríos, especialmente en el Pance”, señaló el asesor jurídico (e) de la Policía Metropolitana de Cali.

Por esta conducta, ya se han aplicado 13 comparendos en el 2019 en Cali.

Recuerde que es obligatorio que todo ciudadano circule en el espacio público con un documento de identidad.

Escalar muros o paredes sin permiso

A quienes por diversión o deporte les gusta escalar casas o edificaciones sin la debida autorización de sus propietarios, deben tener en cuenta que este también se considera como un comportamiento contrario a la convivencia, por el que ya se han sancionado 6 personas en Cali en el 2019.

“Si esta persona se llegase a caer, puede poner en riesgo su vida o de los peatones que estén pasando en ese momento. La ley nos faculta llevarla a un centro de protección de personas”, explicó el Intendente Samuel Tulcán, capacitador del Código de Policía en Cali.

Pintar paredes sin autorización

El numeral 9 del artículo 140 del Código de Policía establece que “escribir o fijar en lugar público o abierto al público, postes, fachadas, antejardines, muros, paredes, elementos físicos naturales, tales como piedras y troncos de árbol, de propiedades públicas o privadas, leyendas, dibujos, grafitis, sin el debido permiso, cuando éste se requiera o incumpliendo la normatividad vigente” son comportamientos contrarios al cuidado y la integridad del espacio público.

En el 2019 ya se han sancionado 2 personas en Cali por incumplir esta norma con una multa tipo 2, $220.824.

Es falso que si alguien no carga su cédula se le vaya a aplicar una multa. No obstante, tenga en cuenta que por andar indocumentado, usted puede ser trasladado a una estación de policía.

Utilizar de manera inadecuada la línea 123

Hacer uso del sistema de número único de seguridad y emergencia para burlas o bromas puede acarrearle una sanción tipo 4, correspondiente a $883.296.

De hecho, en lo que va corrido del 2019, en la ciudad se han impuesto 4 multas por hacer mal uso de la línea 123.

“En Cali cerca de un 70 % de las llamadas que se reciben en este número no corresponden a emergencias. Aquí ya tenemos un caso relevante que ocurrió en el 2018, en el que se impuso una orden de comparendo a una mujer por esta situación, quien aceptó su mal uso del 123 y esto fue un ejemplo para el resto de personas”, explicó Luis Eusebio Araque.

Negarse a mostrar su identificación

El numeral 3 del Artículo 35 del Código de Policía establece que “impedir, dificultar o resistirse al procedimiento de identificación o individualización por parte de las autoridades de la Policía”, es una acción que afecta la relación entre las personas y las autoridades, que es sancionada con una multa tipo 4, de $883.296 y por la que este año ya se han impuesto 129 comparendos en Cali.

Por esta situación, el ciudadano puede ser trasladado a una estación de Policía por un término de hasta seis horas, donde se podrá establecer su identidad a través de medios tecnológicos especiales para hacer efectiva la orden de comparendo.

Pago de multas

  1. Para pagar los comparendos por infracciones a las normas del Código de Policía, siga la siguiente ruta:
  2. Diríjase a la calle 10N # 4N-76, edificio Guzmán, piso 2, a la oficina de Control de sanciones.
  3. Presente en ese lugar su número de cédula o el comparendo para la expedición del recibo de pago. 
  4. Realice su pago en cualquier oficina del Banco de Occidente. 

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