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Condenan a taxista que hizo giro indebido y arrolló a motociclista en Cali

Los hechos ocurrieron el 9 de noviembre de 2009 al dejar con lesiones permanentes al conductor de la moto. Sanción es excarcelable pero debe pagar multa económica.

6 de septiembre de 2016 Por: Elpaís.com.co

Los hechos ocurrieron el 9 de noviembre de 2009 al dejar con lesiones permanentes al conductor de la moto. Sanción es excarcelable pero debe pagar multa económica.

Un juzgado de Cali condenó a nueve meses de prisión a un taxista de 59 años que arrolló con su vehículo a un motociclista tras realizar una 'U' prohibida el 9 de noviembre de 2009 en la Carrera 23 #15A-08.

Sin embargo, el Juez Séptimo Penal del Circuito, con funciones de conocimiento, le otorgó la posibilidad de cumplir la condena en libertad y bajo unas condiciones: no conducir cualquier tipo vehículo durante tres meses y medio y pagarle a la víctima una multa de $4.757.232 (6.9 salarios mínimos mensuales legales vigentes) por los gastos médicos derivados de las sesiones de fisioterapia.

La persona lesionada, identificada como Pablo Andrés Bonilla Dávila, fue incapacitada en su momento 90 días por el Instituto de Medicina Legal, al determinar que sufrió graves lesiones físicas con secuelas permamentes que comprometieron su movilidad.

Según la Fiscalía 42 Local de la Unidad de Lesiones Personales, el taxista violó el Código Nacional de Tránsito al hacer el giro "toda vez que existía una doble línea amarilla" que "prohíbe que se realicen maniobras de giro de ese tipo; por lo tanto, sin cerciorarse que la vía estuviera despejada para efectuar tal maniobra, interfirió la circulación que traía el conductor de la motocicleta quien tenía prelación en la vía".

Por su parte, Juan Carlos Murillo, apoderado del acusado, dijo que no estuvo de acuerdo con la versión de uno de los testigos presentados por la defensa de la víctima y quien supuestamente venía detrás de la motocicleta involucrada en el caso. 

"La versión del testigo, para mí, es falsa, yo le dije en su momento al juez que no valorara la versión por ser igualita a la de la víctima, además afirmaba que supuestamente había estado 30 minutos después del hecho con don Gonzalo, lo cual no fue cierto porque en el informe del agente de tránsito no se registró la presencia del testigo", acotó el jurista.

Explicó que actualmente adelantan negociaciones con la defensa de Pablo Andrés para establecer el monto económico de la indemnización.

"Ellos están pidiendo $80 millones pero nosotros consideramos que la lesión actual de él no es solo producto de ese accidente en 2009 sino también de otros que habían tenido antes y después del hecho, por eso la aseguradora está ofreciendo $7 millones", puntualizó el apoderado. 

Las pruebas presentadas por la Fiscalía fueron la declaración de un testigo del accidente, las conclusiones de un agente de tránsito y el dictamen de un médico de Medicina Legal donde certifica la incapacidad de la víctima.

En el escrito se consigna que "la conducta del taxista fue imprudente y culposa por ser quien provocó el hecho de tránsito, como consecuencia de ello fueron las graves lesiones que se ocasionaron a Pablo Andrés Bonilla Dávila”.

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