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Condenan a 40 años al coronel (r) Sánchez Rubiano por caso del Palacio de Justicia

El coronel (r) Sánchez Rubiano fue para la época comandante del B-2 del Ejército Nacional. Se le acusa de los hechos que rodearon la desaparición de los empleados Carlos Augusto Rodríguez Vera y Bernardo Garzón.

12 de enero de 2016 Por: Elpais.com.co | Colprensa.

El coronel (r) Sánchez Rubiano fue para la época comandante del B-2 del Ejército Nacional. Se le acusa de los hechos que rodearon la desaparición de los empleados Carlos Augusto Rodríguez Vera y Bernardo Garzón.

El Juzgado 52 de Conocimiento condenó a 40 años de prisión al excomandante del B-2 del Ejército Nacional, coronel (r) Edilberto Sánchez Rubiano, por su presunta responsabilidad en la desaparición de un grupo de personas en la retoma del Palacio de Justicia ocurrida en noviembre de 1985. Desde 2013, el proceso estaba en estudio por parte del Juzgado 52, que decidió condenar al excoronel por la desaparición de Carlos Augusto Rodríguez Vera, administrador de la cafetería del Palacio de Justicia, y Bernardo Beltrán, uno de los empleados de la misma. En ese sentido, el despacho indica que expedirá la respectiva orden de captura para el coronel (r), que actualmente se encuentra en libertad, tras cumplirse los términos en su proceso. "Se expedirán las respectivas órdenes de captura para hacer efectiva la sanción principal impuesta a Sánchez Rubiano", indica el fallo. El representante de las víctimas de desaparición del Palacio de Justicia, Jorge Molano, manifestó que esta es una decisión ajustada a la ley. Además, indicó que en el fallo el despacho señaló que hay claridad sobre la desaparición de tres de los 11 casos expuestos por la Fiscalía.

Sin embargo, el Juzgado le solicita al ente acusador iniciar nuevas líneas de investigación frente a las ocho víctimas restantes del holocausto. 

"Según el despacho, en los casos de los ocho desparecidos aún hay algunas dudas, y la Fiscalía debe replantear las investigaciones, hasta se podría hablar de ejecuciones extrajudiciales", explicó Molano. 

Los casos que para el despacho fueron desapariciones forzadas son: el de la guerrillera del M-19 Irma Franco, Carlos Rodríguez y Bernando Beltrán. En la decisión judicial también se condena al mayor (r) del Ejército, Óscar William Velásquez Rodríguez, a una pena privativa de la libertad de igual proporción a la de Sánchez Rubiano por estas tres desapariciones.Así mismo, el juez de Bogotá decidió absolver a Antonio Rubay Jimenez, Luis Fernando Nieto y Ferney Ulmardin Causaya, argumentando que la Fiscalía no logró demostrar la participación de los tres sindicados en los casos de desaparición en la retoma del Palacio de Justicia, ocurrida el 6 y 7 de noviembre, hace 30 años. 

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El Coronel (r) debe responder por otro proceso

En octubre de 2015, la Fiscalía llamó a indagatoria a 14 oficiales, entre ellos al coronel retirado Edilberto Sánchez Rubiano, en este caso por los hechos relacionados con la tortura a la que presuntamente fueron sometidos dos estudiantes de Derecho quienes se encontraban en el Palacio de Justicia durante la toma del M-19, identificados como Yolanda Santodomingo y Eduardo Matson, además del entonces funcionario de la Corte Suprema de Justicia, Orlando Quijano. El ente acusador actualmente se encuentra adelantando estas diligencias y tras escuchar el testimonio de los 14 oficiales determinará si realiza una imputación de cargos por los casos de tortura hace 30 años. La posición de la Corte Suprema sobre el caso de Sánchez Rubiano En el fallo de absolución del coronel en retiro Alfonso Plazas Vega por la desaparición de personas en la recuperación del Palacio de Justicia, la Corte Suprema de Justicia señaló que las labores de Inteligencia en la Casa del Florero fueron adelantadas por el B2 de la Brigada que comandaba el coronel Edilberto Sánchez Rubiano, en ese sentido, dicha unidad tendría un grado de responsabilidad en las desapariciones del Palacio de Justicia. “Asumieron todo lo relativo a los liberados, fueran o no subversivos, sin que para nada Plazas tuviera que ver con ello, o al menos los medios de conocimiento aducidos no permiten concebirlo de esa manera”, señala el alto tribunal, frente a las labores de Inteligencia llevadas a cabo por el B2, en 1985. 

 

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