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MINISTERIO DE DEFENSA

Estos son los requisitos para solicitud de porte de armas en Colombia

Guillermo Boterno, ministro de Defensa, anunció la norma establece los requisitos que deben cumplir los colombianos para permisos especiales de porte de armas.

20 de febrero de 2019 Por: Colprensa y El País

El ministro de Defensa, Guillermo Botero, anunció este miércoles la directriz que regula el porte de armas en el territorio nacional. La norma establece los requisitos que deben cumplir los colombianos para dichos permisos especiales.

“Hasta la fecha hay 687.694 permisos distribuidos entre tenencia (posesión de un arma dentro de un bien inmueble registrado) y porte (acción de llevar consigo o al alcance un arma de defensa personal). Los permisos para tenencias estaban suspendidos, pero mientras salía la norma”, dijo el Ministro de Defensa.

A juicio del jefe de la cartera de Defensa, con esta directiva, “se crean comités y se reduce la discrecionalidad para los permisos”.
Botero aseguró que habrá dos clases de permisos: los regionales y los nacionales.

Para adquirir dicho permiso, es necesario “incluir antecedentes penales, revisar los antecedentes del registro nacional de medidas preventivas contraversiones”, entre otros.

De ahora en adelante, ministros, concejales y funcionarios del Ministerio de Defensa Nacional, deberán pasar por el mismo proceso de evaluación que cualquier persona natural.

4237 personas fueron multadas el año pasado en el país por portar armas neumáticas o de fogueo o tener consigo ‘spray’ de defensa personal.

Entre las novedades que aparecen en esta directiva, según el Ministerio de Defensa, se destacan la creación de comités evaluadores para la entrega de permisos especiales regionales y nacionales, la consulta de antecedentes de Sijín y Dijín, Registro Nacional de Medidas Correctivas (comparendos por comportamientos que ponen en riesgo la vida e integridad), y consulta de procesos activos en Fiscalía.

Lea también: Sigue el debate por el porte especial para armas: ¿riesgo o defensa personal?

Frente a lo último, las 289.262 personas que han sido multadas en el país por violar el artículo 27 del Código de Policía verán restringida la eventual posibilidad de tener un permiso especial de porte de armas, entre estas están quienes fueron sorprendidas portando armas de fogueo.

Adicional a esto, la medida será objeto de evaluación trimestral por parte del Comando General de las Fuerzas Militares, los comandos de Fuerza y la Dirección de la Policía Nacional, en coordinación con los comandantes de las brigadas de cada seccional encargados del control de comercio de armas.

El Ministerio de Defensa dio a conocer que en Colombia hay actualmente 339.160 personas con permiso para portar armas, todos suspendidos.

De esos, en 2018 se concedieron 5630 permisos especiales regionales y 1197 permisos especiales nacionales, para un total de 6827 permisos especiales.

“La nueva directiva de armas restringe aún más su porte”

Jorge Restrepo, director del Centro de Recursos para Análisis de Conflictos, Cerac, “la nueva directiva sobre porte de armas de fuego en Colombia restringe aún más su porte, hace más exigente las condiciones de acceso a los permisos especiales de porte, genera nuevos controles y reduce la discrecionalidad”.

Sin embargo, cree que sigue faltando en el país medidas que abarquen más y hagan énfasis en el control del mercado de armas en el país.
“Falta mucho en materia de control de armas y desarme: regular mejor el acceso a armas de tenencia, controles periódicos, mecanismos de seguridad en tenencia, excluir de todo acceso por razones de violencia intrafamiliar y de género, marcaje, pero la directiva es un paso correcto”, añadió Restrepo en su cuenta de Twitter.


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