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Miguel Largacha, presidente de Porvenir. | Foto: Foto: Colprensa

COLPENSIONES

¿Cuál es la diferencia entre un fondo de pensiones privado y el del Gobierno?

Miguel Largacha, presidente de Porvenir, explica las diferencias existentes entre los fondos privados y el régimen de prima media que administra Colpensiones.

8 de mayo de 2017 Por: Arcadio González / Colprensa

Los jóvenes cuando inician su vida laboral deben pensar en el ahorro pensional, ya que así pueden no solo contribuir con el sistema, sino con su propio futuro, dice el presidente de Fondo de Pensiones y Cesantías Porvenir y presidente del Consejo Directivo de Asofondos, Miguel Largacha Martínez.

El directivo explica que “es necesario financiar las pensiones porque hoy la expectativa de vida es mucho mayor para el disfrute de la pensión, pero cada vez hay menos cotizantes”.

¿Los jóvenes en Colombia sí aspiran a pensionarse algún día?

La cultura del ahorro hay que seguirla impulsando desde la juventud, porque no la tenemos. Cuando una persona va a iniciar su vida laboral lo que más le conviene es estar en un fondo de pensiones, porque puede escoger semanas o capital. Y faltando diez años para pensionarse -62 años para los hombres y 57 para las mujeres-, definir exactamente qué le conviene más. Para eso es la doble asesoría.

¿Cuáles son las principales diferencias entre un sistema y otro?

En un fondo de pensiones yo me puedo pensionar con 1150 semanas, más o menos 23 años de cotización, a través del Fondo de Garantía de Pensión Mínima o por capital. Si a lo largo de mi vida laboral tengo una mejora en mi productividad puedo escoger el mejor de los dos.

¿Y en Colpensiones?

En Colpensiones son 1300 semanas, más o menos 26 años de cotización, o sea tres años más en Colpensiones para pensionarse con un salario mínimo. Ahora, en los fondos todos los que cotizan hacen una contribución para el Fondo de Garantía de Pensión Mínima, un sistema de solidaridad donde se va creando un fondo común para permitir que las personas que no alcanzan un capital se puedan pensionar por semanas.

Pero en Colpensiones también hay pensión mínima…

No, ese Fondo de Garantía de Pensión Mínima solo opera en los fondos privados. En Colpensiones y los Fondos aquellas personas con buena capacidad económica -a partir de cuatro salarios mínimos- contribuyen al Fondo de Solidaridad Pensional, con el que se financian programas como Colombia Mayor.

En otras palabras, el Fondo de Garantía de Pensión Mínima es de los fondos, y el Fondo de Solidaridad Pensional es compartido entre los fondos privados y Colpensiones.

¿Cuál es la diferencia en la edad para la pensión?

En un fondo de pensiones no hay una edad mínima para pensionarse, yo me puedo pensionar cuando tenga un capital suficiente para financiar mi pensión. En Porvenir vemos que las personas que se pensionan por capital no han llegado a la edad de garantía pensional, es decir, 57 las mujeres y 62 los hombres.

Me explico: después de los 50 años comienza a decaer la productividad, o si pierdo mi empleo o consigo uno de menor ingreso, tengo la opción de pensionarme anticipadamente. Eso implica que tengo que sacrificar el monto de la mesada pensional porque si me espero más tiempo obviamente mi mesada va a ser mayor, porque puedo acumular más capital. Pero tengo la posibilidad de generar un ingreso adicional anticipado y eso solo se tiene en los fondos, no en Colpensiones donde toca esperar a tener la edad de jubilación.

¿Cómo se determina el monto de la pensión en cada régimen?

En Colpensiones se determina por el monto de mis ingresos en los últimos diez años cotizados durante mi vida laboral. Pero en Colombia después de los 50 años baja la productividad y las oportunidades laborales.

En el fondo de pensiones es todo lo contrario, lo que más interesa es lo que he acumulado desde joven, que incluye los rendimientos financieros y los aportes complementarios, si los hay.

Estudios indican que una persona que cotiza desde joven en un fondo privado, en los primeros cinco años de cotización ya han hecho el 50 % de lo que necesitan para su pensión.

¿Cómo opera la devolución de saldos?

En Colombia está demostrado que la mayoría de personas solo alcanzan a cotizar, en promedio, 15 años. Cuando uno llega a la edad (57 o 62) y no tiene los requisitos, en ambos regímenes les devuelven los saldos. La diferencia es que en los fondos privados se devuelve el saldo de su cuenta de ahorro individual ajustado a la inflación más los rendimientos, mientras en Colpensiones solo se reintegra el capital aportado indexado a la inflación.

Un ejemplo: un colombiano cotiza 15 años con un salario mínimo, llegó a la edad y no alcanzó a pensionarse, va a Colpensiones y le dan la Indemnización Sustitutiva, un cheque de $11 millones. A esa misma persona en un fondo de pensiones le devuelven unos $35 millones, casi tres veces de diferencia.

¿Cuál es la diferencia para el caso de las mujeres?

En los fondos no hay edad de jubilación, lo importante es el capital del ahorro individual. En Colpensiones las mujeres se pensionan a una edad inferior a los hombres, pero por su naturaleza cotizan menos y viven más.

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