Colombia
SuperSalud reanudará auditoría a la Fábrica de Licores de Antioquia tras vencimiento de fallo de tutela
Un juez determinó que la Superintendencia de Salud conserva sus facultades para investigar a la Fábrica de Licores de Antioquia.
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21 de ago de 2026, 09:08 p. m.
Actualizado el 21 de ago de 2026, 09:08 p. m.
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La Superintendencia de Salud reanudará la auditoría e inspección sobre la Fábrica de Licores de Antioquia (FLA) tras la finalización del periodo de suspensión que ordenó un fallo de tutela.
La actuación busca verificar el manejo, la trazabilidad y la destinación de los fondos del monopolio de licores dirigidos al financiamiento del sector salud, además de revisar aspectos contractuales y administrativos de la licorera.
El proceso de fiscalización se mantuvo pausado temporalmente debido a un amparo concedido por el Juzgado Primero Penal del Circuito de Itagüí a la gerente general encargada de la FLA, Martha Patricia Correa Taborda, quien alegó vulneración al debido proceso.
La representación legal de la empresa sostuvo que la Supersalud excedió sus competencias al requerir 77 categorías de documentos que abarcan estados financieros, contratos de distribución, costos de producción y secretos industriales que, según la entidad departamental, van más allá del control de las transferencias a la salud.

En el trámite judicial, la Superintendencia argumentó que el requerimiento se enmarca en su Plan Anual de Auditorías de 2026, donde la FLA obtuvo el mayor nivel de riesgo.
Entre la información bajo investigación figuran soportes de cajas menores, tarjetas de crédito, gastos de representación y la comprobación de denuncias sobre un eventual uso de recursos públicos en eventos privados, hechos que no han sido probados y dependen de las averiguaciones en curso.
El fallo del juzgado precisó que la Supersalud conserva sus competencias legales para vigilar a la licorera y derivó la controversia sobre el alcance de los requerimientos a la jurisdicción de lo contencioso administrativo.
La decisión ordenó a la FLA interponer la demanda correspondiente en un lapso de 30 días para discutir la legalidad de los requerimientos, advirtiendo que, de no hacerlo, el amparo transitorio perderá vigencia automáticamente.
Asimismo, la sentencia resolvió un litigio derivado de las acusaciones por supuesta obstrucción a la auditoría. Si bien el juez desestimó afectaciones al buen nombre por las declaraciones públicas del superintendente sobre una denuncia ante la Fiscalía, determinó que una publicación en X carecía de sustento fáctico, pues la FLA acreditó gestiones para entregar la información.

Por esta razón, el juzgado ordenó a la entidad nacional la rectificación de dicha publicación en sus canales oficiales. Por ahora será entonces un juez el que tome decisiones sobre la responsabilidad de alguno de los involucrados.
Periodista de la Universidad Católica de Cali con 7 años de experiencia en medios de comunicación. Apasionado por la política y amante del deporte, siempre en busca de nuevas historias que contar.









