Colombia
¿Qué sanción podría recibir la turista que dañó una escultura en Getsemaní, Cartagena? Podría pagar millonaria multa
La mujer que aparece en un video en el que una escultura de los lanceros termina en el suelo podría enfrentar consecuencias económicas y legales si se establece su responsabilidad. La sanción dependerá de las circunstancias del caso.
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12 de oct de 2026, 05:42 p. m.
Actualizado el 12 de oct de 2026, 05:42 p. m.
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El daño a la escultura de los lanceros, ubicada en la plaza de la Trinidad, en el barrio Getsemaní de Cartagena, podría acarrear sanciones económicas y consecuencias penales para la persona responsable.
Dicho episodio quedó registrado en un video difundido en redes sociales, que motivó al alcalde Dumek Turbay Paz a pedir la colaboración ciudadana para identificar a la mujer y solicitarle que responda por los daños ocasionados.
Las imágenes que circularon en redes sociales muestran a una mujer interactuando con la escultura de los lanceros, hasta que la pieza termina en el suelo. El incidente generó cuestionamientos sobre el cuidado de los elementos instalados en los espacios públicos de la ciudad.
Tras conocer lo sucedido, el alcalde de Cartagena, Dumek Turbay Paz, pidió que la presunta responsable se presente ante la Administración distrital y asuma las consecuencias de sus actos, si se establece su responsabilidad.
“No creo que esta señora permita que lleguen a su casa a destruir sus jarrones, sus cuadros, sus adornos, sus elementos preciados”, expresó el mandatario en un pronunciamiento sobre el caso.
Turbay también solicitó a las personas que reconozcan a la mujer que aporten información que permita establecer su identidad.
No creo que esta señora permita que lleguen a su casa a destruirle sus jarrones, sus cuadros, sus adornos, sus elementos preciados.
— Dumek Turbay Paz (@dumek_turbay) October 11, 2026
Si la identifican y/o conocen, díganle por favor responda por el daño, como corresponde. pic.twitter.com/YW2PKS7dgi
¿Qué dice la ley sobre los daños a bienes ajenos?
El Código Penal colombiano contempla sanciones para quienes destruyan, inutilicen o deterioren bienes que pertenecen a otras personas. El artículo 265 establece las penas correspondientes al delito de daño en bien ajeno, siempre que la conducta no configure otro delito con una sanción mayor.
Según esa disposición, la pena prevista es de 16 a 90 meses de prisión y una multa de 6,66 a 37,5 salarios mínimos legales mensuales vigentes. La norma también establece un tratamiento punitivo menor cuando el valor del daño no supera los diez salarios mínimos legales mensuales vigentes.
La aplicación de estas sanciones depende de las características del caso y de las condiciones que logren establecer las autoridades. Por eso, aunque el video muestra el momento en que la escultura cae al suelo, determinar las consecuencias jurídicas exige esclarecer lo ocurrido y evaluar los daños.

Además de las eventuales consecuencias penales, el caso podría generar una obligación económica relacionada con la recuperación de la pieza.
Si se establece la responsabilidad por los daños, podría exigirse el pago de los trabajos necesarios para reparar la escultura. El monto dependerá de una evaluación técnica que permita conocer el estado en que quedó el elemento, la magnitud del deterioro y las intervenciones necesarias para restaurarlo.
Este aspecto es distinto de la multa que eventualmente pueda imponerse dentro de un proceso legal. Mientras la sanción penal responde a la conducta que logre acreditarse, el costo de reparación estaría relacionado con los recursos necesarios para recuperar el bien afectado.

Periodista web de El País, comunicadora social y periodista egresada de la Universidad Autónoma de Occidente en Cali, Valle. Me gusta la reportería, presentación y la escritura.
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