Colombia
Nueva ley en Colombia restringe a los administradores: requisitos para trabajar en conjuntos residenciales
Un nuevo proyecto de ley busca introducir cambios importantes en las propiedades horizontales del país.
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9 de dic de 2025, 03:38 p. m.
Actualizado el 9 de dic de 2025, 03:45 p. m.
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Conocida por muchos como la Ley de Propiedad Horizontal, la Ley 675 de 2001, establece tres cargos claves a la hora de pensar el funcionamiento interno de los conjuntos residenciales en el país. Estos tienen la función de garantizar la seguridad, el orden y la vigilancia al interior de estos lugares, además de velar por un correcto comportamiento por parte de los copropietarios y una correcta aplicación de las normas.
Aunque esta ley es clave, cada conjunto residencial es libre de adoptarlas e incluirlas en sus propios manuales de convivencia interna. Es al interior de estos lugares donde, con base en lo que se pacte, se pueden establecer sus propias normativas y sanciones para quienes las incumplan.

Las autoridades que buscan garantizar estos pilares son la Asamblea de Copropietarios, el Consejo de Administración y la Administración.
La primera está compuesta por todos los residentes del conjunto o edificio, quienes asisten una vez al año a una reunión en la que se exponen los principales temas de interés para todos, se comparten ideas y se buscan soluciones para los problemas en común. Para que esto sea posible, dicha asamblea tiene que contar con un quórum mínimo, de manera que la votación sea posible.
El Consejo de Administración, por su parte, es una figura de carácter obligatorio únicamente para aquellos conjuntos que tengan más de 30 bienes privados, y deberá componerse de tres o más copropietarios.
Por último, el rol del administrador resulta de especial importancia: a esta figura acuden los copropietarios para hacer sus descargos, denuncias y presentar inquietudes acerca de lo que ocurre en el conjunto o edificio. Esta persona funge, además, como representación legal del edificio.

Ante esto último, un nuevo proyecto de ley busca profesionalizarlos, ordenando para esto una serie de requisitos que deberán cumplir los administradores, entre los cuales está una formación académica especializada.
Además, se propone que se cree el Registro único de Trabajadores de Propiedad Horizontal, un mecanismo que inscribirá a personas naturales y jurídicas que cumplan con estas características. En dicha base de datos estará consignada información acerca del administrador, como sus períodos de gestión y si han tenido sanciones previas, de tal forma que la comunidad tenga un criterio acorde para llevar a cabo el proceso de selección.
Y no es lo único. La ley contempla, además, que las Instituciones de Educación Superior (IES) consideren incluir dentro de sus programas la formación de administradores para el correcto uso de las herramientas sobre la clasificación y el tipo de copropiedad que van a administrar.
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