El pais
SUSCRÍBETE

Aprobado en séptimo debate marco legal para la paz en Colombia

Ahora la última palabra la tiene la plenaria del Senado. Hubo un no rotundo para los funcionarios públicos y las bacrim. Se determinó que a partir del momento en que se presente el primer proyecto de ley estatutaria, el Congreso tendrá cuatro años para proferir las leyes que regulen esta materia.

5 de junio de 2012 Por: Redacción de El País Bogotá

Ahora la última palabra la tiene la plenaria del Senado. Hubo un no rotundo para los funcionarios públicos y las bacrim. Se determinó que a partir del momento en que se presente el primer proyecto de ley estatutaria, el Congreso tendrá cuatro años para proferir las leyes que regulen esta materia.

Anoche, en el filo del tiempo para su aprobación, la Comisión Primera del Senado le dio vía libre -con 13 votos a favor y uno en contra- al proyecto de acto legislativo que propone un marco legal para la paz y que en ocho días pasará a manos de la plenaria para su último debate.En el debate de ayer se volvió a alzar la voz de la oposición a la iniciativa por parte del senador de la U Juan Carlos Vélez (uno de los bastiones del uribismo en el Congreso), quien insistió en que con este marco legal se van a ver beneficiados delitos conexos como el narcotráfico, posición que fue refutada por su colega conservador, Hernán Andrade, quien dijo que “queremos dejar claro que sólo van a ser favorecidos, en el marco del conflicto armado, quienes formaron parte del conflicto armado. Nunca las bacrim, narcotraficantes u organizaciones criminales”.En lo aprobado, la Comisión le dio vía libre a un inciso, en el cual se estableció que este marco legal quedará sujeto a la terminación del conflicto armado interno y “al cumplimiento de condiciones tales como la dejación de las armas, el reconocimiento de responsabilidad y la contribución al esclarecimiento de la verdad y a la reparación integral de las víctimas”.Un tema que generó polémica fue la propuesta que hizo el ministro de Justicia, Juan Carlos Esguerra, en el sentido en que en el proyecto no se hablara de los agentes del Estado (miembros de la Fuerza Pública) que pudieran haber incurrido en delitos en el marco del conflicto, sino que se refiriera a los funcionarios públicos.Esto de inmediato generó el inconformismo de algunos ponentes, entre ellos el senador Barreras, quien alertó que al referirse a los funcionarios públicos se abría el espectro, debido a que aplicaría a todos los que tuvieran esta condición en el país.Incluso, en corrillos se llegó a decir que con la utilización de este término en el marco se abría la posibilidad de que el condenado exdirector del DAS Jorge Noguera se ‘colara’ entre los beneficios que se establecen en la iniciativa.Incluso, el mismo senador Barreras comentó que una de las preocupaciones de José Miguel Vivanco, de la Human Rights Watch, en la entrevista que sostuvieron a finales de la semana anterior, era precisamente que se abriera el camino para que personas como Noguera fueran beneficiadas con la norma.Luego de las diferencias, los ponentes y el Gobierno acordaron mantener la figura de los agentes del Estado, pero siempre que hayan cometido faltas en el marco del conflicto interno armado.La iniciativa plantea los instrumentos de justicia transicional, los cuales serán excepcionales y tendrán como finalidad prevalente facilitar la terminación del conflicto armado interno y el logro de la paz estable y duradera.Habrá, a través de una Ley estatutaria, un tratamiento diferenciado para los distintos grupos armados al margen de la ley que hayan sido parte en el conflicto armado interno y también para los agentes del Estado, en relación con su participación en el mismo.De la misma manera, se determina que al final del conflicto armado se podrá crear una comisión de la verdad. Una Ley estatutaria definirá su objeto, composición y funciones.Se faculta al Fiscal General de la Nación que haga una priorización de los delitos para investigar delitos en contra de los Derechos Humanos y del Derecho Internacional Humanitario y los demás delitos, para los cuales podrá determinar la suspensión de la pena en casos específicos.

AHORA EN Colombia