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Juzgado ratifica la continuidad de reubicaciones en el Jarillón del río Cauca

El director Jurídico de la Alcaldía, Carlos Sánchez, indicó que con este fallo se ratificó que no existe vulneración de derechos fundamentales por parte del Municipio a los habitantes del sector.

17 de marzo de 2015 Por: Redacción de El País

El director Jurídico de la Alcaldía, Carlos Sánchez, indicó que con este fallo se ratificó que no existe vulneración de derechos fundamentales por parte del Municipio a los habitantes del sector.

[[nid:388761;http://contenidos.elpais.com.co/elpais/sites/default/files/imagecache/563x/2015/01/desalojo-jarillon-interna.jpg;full;{El 27 de enero, tres viviendas como estas fueron demolidas por las autoridades, después de lograr acuerdo de reubicación con familias del Jarillón del río Cauca.Foto: Bernardo Peña | El País}]]

El Juzgado Quinto Civil del Circuito de Cali ratificó en segunda instancia la ejecución del Plan Jarillón de Cali, que incluye la reubicación de las familias que viven sobre el dique del río Cauca. Lea también: Ordenan suspender provisionalmente desalojo en el Jarillón del río Cauca

  Según el director Jurídico de la Alcaldía, Carlos Sánchez, la juez Ruby Cardona Londoño verificó que no existe vulneración de derechos fundamentales por parte del Municipio.

“Ella pudo verificar que existen sentencias de  Jurisdicción Contenciosa Administrativa que obligan a la reubicación de los  asentamientos humanos. Lo que estamos haciendo es cumplir con fallos anteriores”, anotó Sánchez.

 El Director Jurídico agregó que es de conocimiento público que las personas que viven sobre este dique se encuentran en “inminente riesgo de desastre por un posible desbordamiento del río Cauca”. 

Y agregó: “el jarillón del río Cauca es una zona de alto riesgo no mitigable”.

Adicional al fallo, la juez  compulsó copias al personero municipal Andrés Santamaría, para que —si lo considera pertinente— inicie las acciones disciplinarias a que haya lugar contra la personera delegada del CALI 6, Alicia Ordoñez Fajardo, “toda vez que su actuación irregular -al coadyuvar la impugnación presentada por el abogado Rodolfo Yanguas- hizo incurrir en un error al despacho judicial, al decretar la medida provisional de suspender los desalojos del sector del jarillón, sin estar facultada o delegada para intervenir en procesos judiciales”, dice apartes de la providencia.

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