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En Cali se están colocando aproximadamente 13.000 infracciones de tránsito a través de sistemas de fotodetección. La Procuraduría indicó que estas deberían cobrarse al conductor del automotor. | Foto: Raúl Palacios / El País

MOVILIDAD

Guía para reclamar por dudas de sanciones con fotomultas

Al mes, menos del 1 % de los comparendos son exonerados. Así se imponen las sanciones.

11 de mayo de 2019 Por: Redacción de El País 

En los últimos dos meses, entre el 1º de marzo y el 28 de abril, se registraron 19.982 comparendos a través de cámaras de fotomultas, por infringir el paso del semáforo en rojo y/o amarillo. De estos, 179 fueron exonerados, es decir, menos del 1%.

Pese a que la cifra de exoneraciones es mínima, las dudas frente a cómo operan las fotomultas y el mecanismo para reclamar cuando no se está de acuerdo con la infracción cada vez son mayores.

El tema no ha parado de ser debatido desde la semana pasada, cuando un ciudadano denunció que fue absuelto de pagar un comparendo que se le había impuesto, avaluado en $828.116, tras demostrar una falla en el semáforo de la Calle 7 con Carrera 29.

Al respecto, la Secretaría de Movilidad explicó que la falla estuvo relacionada con un proceso de conmutación de señales y un “error humano” en los filtros que se revisan antes de hacer efectivo el comparendo.

¿Cuáles son esos filtros?

William Bermúdez, líder del Centro de Gestión de Movilidad , indicó que actualmente la ciudad tiene 40 puntos con cámaras de fotodetección, las cuáles detectan infracciones por exceso de velocidad, semáforo en rojo y amarillo, pico y placa, invasión del espacio público y documentación vencida de la revisión técnico mecánica y del seguro obligatorio.

“El primer filtro es la cámara, hay que tener en cuenta que las infracciones se detectan a través de sensores en el pavimento o a través de láser, y se tiene un lector de caracteres para identificar la placa del vehículo; lo segundo es que la información llega a un equipo de trabajo que hace un análisis para confrontar a través del Runt la propiedad del vehículo y la característica de la infracción; finalmente, se pasa a la validación por parte de la autoridad de tránsito”, señaló Bermúdez.

Para el concejal Carlos Andrés Arias, casos como el del ciudadano que fue absuelto de pagar la multa evidencian que el sistema no es totalmente confiable y sugirió que sería oportuna una auditoría.

“Esos son unos equipos de alta tecnología que deben estar siendo revisados y calibrados permanentemente, son operados por el Centro de Diagnóstico Automotor del Valle, Cdav, que es una entidad que gana dependiendo del recaudo que se haga vía fotomultas, tienen presencia en la Secretaría de Movilidad y creo que ha faltado mucho seguimiento y acompañamiento por parte de una auditoría, es importante pedirle a los órganos de control que estén más pendientes del Cdav”, expresó Arias.

Al respecto, el funcionario de la Secretaría de Movilidad manifestó que las cámaras tienen una periodicidad de calibración, que se hace en diferentes horarios con acompañamiento de la autoridad y la certificación por parte del propietario de la firma. “Cualquier ente de control que lo solicite lo puede hacer, todo está en cabeza de la Secretaría de Movilidad, no de los particulares”, dijo Bermúdez.

A su vez, Carlos Santacoloma, gerente del Cdav, indico que existe una norma que regula la operación de los sistemas de fotodetección de infracciones: “una de las exigencias que hace para poder dar esa confiabilidad que se necesita es que los equipos estén calibrados, que tengan unas calidades, que cumplan con ciertos criterios y eso lo revisa el Ministerio de Transporte y la Agencia Nacional de Seguridad Vial”.

“Las cámaras tienen diferentes protocolos, eso es como los carros, de acuerdo a unas especificaciones del fabricante toca hacer unas inspecciones, unos mantenimientos preventivos, correctivos y estamos expuestos a que la autoridad pida o requiera algún tipo de especificaciones adicionales, pero son protocolos dados por el fabricante”, precisó Santacoloma.

Sobre las razones de las exoneraciones de fotomultas, el operador indicó que es un tema que compete a la autoridad de tránsito, sin embargo, precisó que estas no se deben a fallas de los sistemas de fotodetección.

“En un mes hay más o menos entre 40.000 y 45.000 infracciones, entonces 178 exoneraciones pueden tener cualquier cantidad de situaciones, por ejemplo que se haya pasado el semáforo en amarillo porque venía una ambulancia detrás y por el video eso se comprueba y el ciudadano sale exonerado, o puede suceder que la placa del vehículo esté golpeada y entonces una C parezca una O”, explicó Santacoloma.
Entre tanto, Victor Hugo Vallejo, abogado especialista en temas de tránsito, agregó que tanto en Cali como a nivel nacional, donde hay fotodetección, “solamente alcanza a proceder entre el 43 %y el 45% de los incidentes que el equipo capta, no todo lo que se capta procede para imponer el comparendo”.

“La confiabilidad en estos sistemas es toda porque son permanentemente sometidos a mantenimiento, además de que tienen que ser permanentemente certificados”, expresó Vallejo.

Y en cuanto a la seguridad que pueden tener los usuarios de la vía cuando se les aplica un comparendo a través de fotomultas, el abogado señaló: “Si partimos de un mandato constitucional, que es el principio de la buena fe, que está consagrado en el artículo 83, uno tiene que presumir la legalidad de los actos del Estado mientras uno no sea capaz de demostrar que el acto es ilegal, como sucedió en el caso del ciudadano que tenía manera de demostrarlo... yo no tengo por qué estar presumiendo que a mí me están haciendo trampa, no es cuestión de presumir, es cuestión de demostrar”.

¿Cómo reclamar si no está de acuerdo con una fotomulta?

1. Cuando la persona es notificada del comparendo tiene 11 días hábiles para aceptar la infracción o colocar una controversia. Si la acepta y hace un curso en este periodo de tiempo, le rebajan el 50% de la multa, y si es entre los 11 y los 20 días la rebaja es del 25%.

2. Tan pronto la persona sea notificada del comparendo y no esté de acuerdo o tenga dudas sobre el mismo, sin exceder los 11 días hábiles, debe dirigirse a las oficinas de servicio al cliente del Cdav (incluyendo el punto de la Secretaría de Movilidad - Carrera 3 #56-90, barrio Salomia) a solicitar la evidencia de la infracción (video). Debe asistir el propietario del vehículo que cometió la infracción con cédula original.

3. Con la evidencia lista, el ciudadano puede iniciar un proceso de controversia solicitando una una cita al 4459000 para la audiencia pública. Según Tránsito, esta audiencia se realiza en el transcurso de los 11 días hábiles tras la notificación, para decidir si el presunto infractor es exonerado o no de la multa.

4. La Secretaría de Movilidad explicó que el video de prueba no se debe solicitar a través de la audiencia pública porque en caso de que no sea exonerado y se compruebe la infracción perdería el beneficio de la rebaja de la multa.

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