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Según cifras de Migración Colombia, hasta finales del 2020 en el país se contaban 762.823 migrantes regulares y 966.714 venezolanos en condición irregular. El 51 % son hombres y el 49 % son mujeres. | Foto: Especial para El País

COLOMBIA

Diez preguntas sobre el estatuto para regularizar a migrantes venezolanos

Con el Estatuto de Protección Temporal mejorarán condiciones de los migrantes. Habrá dos años para acceder a dicho estatus.

9 de febrero de 2021 Por:  Redacción de El País

La decisión del Gobierno Nacional de regularizar temporalmente la población migrante venezolana abrió la puerta, en principio, para generar mejores condiciones y dignificar la estancia de 1.729.537 personas que actualmente se encuentran en el país.

De acuerdo con el presidente de la República, Iván Duque, con la entrada en vigencia del Estatuto de Protección Temporal para Migrantes quienes están en el país con permisos temporales no tendrán que tramitar nuevos documentos, mientras que los que están de forma irregular “tendrán una hoja de ruta a esa regularización, que implica un registro claro y certero de sus nombres, sus edades, sus apellidos, los lugares de residencia, sus condiciones socioeconómicas y, por supuesto, también estarán en un registro biométrico”.

Pero, ¿qué implicaciones tendrá para el país adoptar esta medida? El País resuelve una serie de interrogantes en torno a la iniciativa migratoria.

¿Qué es y para qué sirve el Estatuto de Protección Temporal para Migrantes?

Es un mecanismo complementario al régimen de protección internacional de refugiados. Tiene como propósito principal ofrecer resguardo a las personas, permitiendo el tránsito de los migrantes venezolanos que se encuentran en el país de un régimen de protección temporal a un régimen migratorio ordinario, es decir, que los migrantes venezolanos que se acojan a la medida tendrán un lapso de 10 años para adquirir una visa de residentes.

¿A quiénes cobija el estatuto?

El estatuto de protección temporal está dirigido a aquellos migrantes venezolanos que se encuentran en Colombia de manera regular, bien sea porque son beneficiarios de un permiso de ingreso y permanencia, porque realizaron una prórroga de permanencia o porque cuentan con un PEP. Asimismo, la medida cobija a aquellos migrantes solicitantes de refugio y quienes están tramitando una visa ante la Cancillería.

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¿Y las personas que están de forma irregular en el país?

También podrán beneficiarse con este estatuto temporal de protección aquellos migrantes venezolanos en condición de irregularidad que demuestren que se encontraban en Colombia el 31 de enero de 2021 o antes . Cabe resaltar que, como una medida para desincentivar la irregularidad, se propone que aquellos migrantes venezolanos que ingresen de manera regular al país durante los primeros dos años de vigencia del estatuto, se beneficien del mismo.

¿Cómo se demuestra que un migrante llegó antes del 31 de enero del 2021?

Según explicó Juan Francisco Espinosa, director de Migración Colombia, esto se deberá demostrar con pruebas sumarias. Esto se podrá hacer, por ejemplo, aportando un registro de estudio de un niño que estudia en una institución educativa actualmente o con un contrato de trabajo o de arrendamiento.

¿Quiénes no aplican para el estatuto?

Espinosa enfatizó que los migrantes que ingresen hoy por una trocha no harán parte de este procedimiento de regularización. “El estatuto no es una herramienta para llamar el aumento de migrantes hacia Colombia ni fomentar la irregularidad ni la exposición en trochas. Por eso damos un periodo de dos años para que los migrantes que busquen hacer su vida en Colombia ingresen por un puesto de control migratorio, dejen registro de su ingreso y puedan pedir su vinculación al programa”, afirmó el funcionario. Tampoco harán parte de este proceso quienes tengan alguna reseña delictiva en el país o quienes hayan sido deportados.

¿Cuál será la vigencia del Estatuto de Protección Temporal?

El estatuto de protección temporal tendrá una vigencia de diez años. El Director de Migración Colombia dijo que “se espera que en diez años esta población años logre emprendimiento, desarrollo y gradualmente pase al régimen ordinario, sean titulares de su visa de residentes y su respectiva cédula de extranjería y tomen la decisión si quieren permanecer en Colombia o si quieren buscar otros rumbos”.
Con el estatuto se otorga un documento de identidad a cada migrante, con el que se respaldará su estatus.

¿Qué le permitirá a los migrantes la entrada en vigencia del estatuto?

De acuerdo con Lucas Gómez, gerente de Fronteras, la aplicación de este estatuto conlleva que los migrantes que regularicen su permanencia en el país tengan acceso a la oferta del Estado, desde atención médica y educación hasta subsidios. “Quizá el beneficio más significativo es el del aseguramiento en salud, porque pasar de situación de irregularidad a regularizarse da acceso a los servicios del régimen contributivo o subsidiado; pero lo más importante es que permite tener tranquilidad, inserción laboral”, aseguró el funcionario.

¿Qué obligaciones tendrán los migrantes que se regularicen?

Las mismas que un ciudadano colombiano. Se espera que, al regularizar su situación y adherirse a la oferta de empleo formal del país, empiecen a generar mayores aportes al sistema de seguridad social y, eventualmente, mayor tributación.

¿Este estatuto le permite a los migrantes votar?

No, los derechos electorales no se habilitarán para los migrantes con esta medida del Gobierno Nacional.

¿Los migrantes que regularicen su situación podrán vacunarse contra la Covid-19?

Según comentó Gómez, la regularización de los migrantes traerá esquemas de vacunación para esta población. “Los migrantes con estatus regular siempre han estado incluidos dentro del plan de vacunación. Con la población irregular, una vez empiecen a regularizarse a través del Estatuto de Protección Temporal para Migrantes empezarán a tener acceso”, indicó el Gerente de Fronteras, quien enfatizó en que los recursos para atender a la población migrante que se regularice se gestionarán mediante cooperación internacional.

¿Cuándo y cómo será la caracterización?

En este momento el decreto del Estatuto de Protección Temporal para Migrantes se encuentra publicado y expuesto a comentarios. Según explicó el gerente de Fronteras, Lucas Gómez, una vez el articulado sea firmado por el presidente Duque entrará en vigor después de tres meses.

”Estamos pensando que alrededor de junio podríamos estar solicitando a los migrantes entrar a una página que haremos vía Migración Colombia para hacer su identificación, registro y solicitud del Estatuto de Protección Temporal”, afirmó Gómez.

Respaldo a Duque

Diversos sectores no solo afines al Gobierno sino también de la oposición respaldaron la decisión anunciada por el presidente Iván Duque con respecto a los inmigrantes venezolanos.

”Aplaudo la decisión del presidente Duque sobre migrantes venezolanos. Es un acto en línea con criterios internacionales sobre refugiados y una muestra de sensibilidad positiva y oportuna”, dijo en Twitter el exjefe negociador de Paz Humberto de la Calle.

De igual forma, la senadora por el Partido Verde Ángelica Lozano aclaró la falsa noticia que se quiso montar al respecto: “Los extranjeros que tienen residencia en Colombia desde hace varios años tienen derecho a votar en elecciones LOCALES. La decisión de hoy del presidente Duque NO concede nacionalidad ni derecho al voto en general, menos en elecciones NACIONALES del próximo año”.

De hecho, el senador opositor Gustavo Bolívar tuvo que retractarse ayer, debido a las fuertes críticas que recibió por insinuar que el propósito de la decisión del Gobierno era conseguir votos.

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