Según el Tribunal Contencioso Administrativo, es improcedente la Acción de Cumplimiento que obligaba al retiro forzoso del funcionario.

El director general de la CVC, Óscar Libardo Campo Velasco, podría continuar en su cargo, gracias al fallo de primera instancia del Tribunal Contencioso Administrativo.Al alto tribunal declaró improcedente la Acción de Cumplimiento instaurada contra el Consejo Directivo de la CVC, en la que pedían el retiro forzoso del directivo porque supera el edad de jubilación.Pero el tribunal considera que "no existe texto normativo con carácter de Ley, que obligue a la entidad a apartar del cargo a su director por cumplimiento de edad de retiro forzoso".Agrega que "tampoco existen obligaciones que cumplan los requisitos de ser exigibles mediante esta vía judicial, por cuanto no provienen de un mandato, absoluto, indiscutible y específico, lo cual torna improcedente este medio".