La Corte Constitucional ordenó la suspensión provisional del pago de la segunda cuota del impuesto al patrimonio, que estaba previsto para el próximo 4 de mayo de 2026, en el caso de algunas entidades específicas.
La medida aplica únicamente para las organizaciones sin ánimo de lucro pertenecientes al régimen especial y aquellas que se encuentran en proceso de liquidación, mientras el alto tribunal analiza el decreto de emergencia económica expedido por el Gobierno tras los desastres registrados en Córdoba y Sucre.
Esta acción, con una votación de 6 a 3, establece que estas instituciones no tendrán que abonar el dinero cuyo vencimiento está previsto para el 4 de mayo de 2026.
La Corte Constitucional ha suspendido el impuesto hasta que la Sala Plena examine cuidadosamente y tome una decisión definitiva sobre su legalidad en relación con la Constitución.
Los magistrados Vladimir Fernández, Juan Carlos Cortés y Héctor Alfonso Carvajal se manifestaron en contra de esta interrupción.
“Yo no quiero ni pensar en que la Corte pudiera tomar una decisión tan arbitraria. Esto es técnica. No es una decisión política ni caprichosa. Aquí sucedio que en dos días cayó toda la lluvía de un mes”, fue la primera reacción de Carlos Carrillo, director de la Unidad Nacional de Gestión de Riesgos y desastres. Recordó también el derrumbe de una presa y la inundación de 150 mil hectáreas.
Carrillo vinculó la decisión de la Corte al actual panorama electoral. Se preguntó por qué varios de los magistrados se declararon impedidos en la deliberación de esta mañana. “Lo único que se me ocurre es que quieren tomar una decisión política pero quieren evadir la responsabilidad de esa decisión”, dijo el funcionario.
¿Qué compañías no abonarán el segundo pago de la contribución al patrimonio?
La Corte dejó en claro que la suspensión es solo para dos grupos muy específicos: las entidades sin ánimo de lucro que están bajo el régimen especial y las sociedades que están liquidando sus activos para saldar deudas.
Las demás compañías que tienen patrimonios líquidos de más de $ 10.474 millones deberán cumplir con la Dian la semana siguiente.
La determinación de la Corte se toma en un momento crucial para las finanzas del Gobierno Nacional. De acuerdo con la Dian, los ingresos de la primera cuota fueron bastante menores a lo previsto. Hasta el 14 de abril, solo se habían recaudado $ 2,43 billones del total proyectado por el Ministerio de Hacienda, que era de $ 8,3 billones.
*Con información de Colprensa