Luego de una revisión de varios meses, el Consejo de Estado dejó en firme el hundimiento de la consulta popular que pretendía convocar el presidente Gustavo Petro en 2025.

El gobierno de Gustavo Petro pretendía con esta consulta preguntar a los colombianos cuáles eran los puntos de la reforma laboral y la reforma a la salud que querían que fueran aprobados.

El último hundimiento de esta iniciativa fue protagonizado por el Senado de la República, a mitad de 2025, lo que hizo incluso que se presentaran varias demandas para reversar la decisión.

No obstante, el Consejo de Estado concluyó que se deben “negar las pretensiones de las demandas, conforme lo expuesto en la parte motiva de esta providencia. En firme esta sentencia, archívese el expediente”.

Esta fue la conclusión del Consejo de Estado. | Foto: El País

El Consejo indicó que, tras analizar las pruebas, ninguno de los cargos prosperó por “la diferencia entre senadores presentes y votos depositados obedeció al retiro voluntario de uno de aquellos”.

Cabe recordar que desde el Gobierno de Gustavo Petro se indicó que la consulta popular había sido hundida tras presuntas irregularidades en la votación del Senado, pero esta hipótesis fue descartada por completo por el Consejo de Estado.

Antecedentes

La decisión del Consejo de Estado se da luego de que la Corte Constitucional se negó a estudiar a fondo el ‘decretazo’ que emitió el Gobierno Nacional para convocar a la consulta popular, aun cuando ya el Senado había hundido esta propuesta.

La decisión, amparada en la Sentencia C-036 del 26 de febrero de 2026 bajo el expediente CCP 001, alcanzó una votación de nueve a cero y contó con la aclaración de voto de los magistrados Miguel Polo Rosero y Jorge Enrique Ibáñez Najar, quien además fungió como ponente en el proceso.

Al acoger la figura de inhibición por sustracción de materia, el alto tribunal determinó que carecía de sentido práctico emitir un fallo de fondo sobre un documento que ya había perdido su vigencia legal, pues el decreto 0639 expedido el 11 de junio de 2025 fue finalmente derogado el 24 de junio de ese mismo año.

La resolución judicial deja sin clarificar la legalidad de un acto administrativo sin precedentes recientes en la política nacional, desencadenado luego de que la plenaria del Senado emitiera un concepto negativo el 14 de mayo de 2025, fecha en la que los congresistas rechazaron con 49 votos en contra la solicitud del mandatario para realizar dicha consulta ciudadana.

La consulta popular fue hundida por el Senado de la República. | Foto: Semana

Para sortear ese revés legislativo que impedía constitucionalmente avanzar con el mecanismo de participación, el Ejecutivo acudió a una cuestionada tesis jurídica estructurada con la asesoría del exministro de Justicia Eduardo Montealegre, y jugó la carta de la excepción de inconstitucionalidad para desconocer formalmente la votación parlamentaria.

Sobre la motivación de esta maniobra, que desató un profundo choque de trenes, el presidente Petro explicó en su momento que su administración buscaba de manera primordial “dar a los trabajadores la oportunidad de expresar directamente sus necesidades y reivindicar colectivamente sus derechos”.

La salida procesal adoptada por la Corte Constitucional coincidió con la postura que previamente avaló el procurador general, Gregorio Eljach, quien señaló ante el tribunal que este carecía de competencia basándose en el numeral 3 del artículo 241 de la Carta Política y concluyó que el control de las consultas populares debe ser estrictamente posterior a su realización.

Con información de Colprensa*