La Comisión Interinstitucional de la Rama Judicial emitió este lunes un comunicado en el que reiteró la importancia del respeto a la separación de poderes y cuestionó los recientes señalamientos del presidente Gustavo Petro contra una decisión del Consejo de Estado.
En el pronunciamiento, la Comisión enfatizó que “en un Estado democrático, el respeto por la separación de poderes constituye un deber ineludible de todas las autoridades públicas, especialmente de quienes ejercen las más altas dignidades del Estado”.
Dicho comunicado, fue compartido luego de que el jefe de Estado realizara a través de sus redes sociales comentarios contra una decisión del Consejo de Estado, los cuales, según la Rama Judicial, “resultan incompatibles con la necesaria relación armónica que debe existir entre las ramas del poder público”.
Cabe decir que, en ese mensaje, que fue publicado a través de X, el mandatario había señalado que se favorecían intereses de distintos sectores, por lo que solicitó una acción penal contra el contra el Consejo de Estado.
“El Consejo de Estado pone fin al derecho a la pensión, y esto no debe ser permitido por los trabajadores. La Constitución de 1991 proclamó derechos para el pueblo. Un poder constituido como el Consejo de Estado carece de legitimidad para anular los derechos de los trabajadores. Se trata de una decisión inconstitucional y un golpe de Estado contra el pueblo constituyente y soberano. Los trabajadores deben decidir sobre el poder, no solo sobre el gobierno”, señaló en un primer escrito.
Luego añadió, “La Corte Constitucional tiene la oportunidad histórica de dignificar la justicia colombiana. Espero que así sea. El pueblo es soberano y fuente de todo poder. El consejo de Estado no puede fingir, para salvar a los dos banqueros dominantes de este país, Luis Carlos Sarmiento y el grupo empresarial antioquiano, dueños de Bancolombia y su fondo privado de pensiones, que se está defraudando a los trabajadores, dejando expuestos los ahorros de quienes trabajaron toda su vida y eligieron libremente el sistema público de pensiones, al robo de sus vitales ahorros, devolviendo así los ahorros de toda una vida de los trabajadores para que se conviertan en ganancias para unos ancianos, pero fabulosamente ricos, que siempre han vivido a costa de los ahorros públicos y del Estado”, sentenció.
Y horas después publicó, “Dado que el dictamen del magistrado del Consejo de Estado favorece los intereses de los banqueros y va en contra de los intereses generales de los trabajadores y de la legislación vigente, que aquí presento, solicito que se inicien acciones penales contra el magistrado que emitió el informe por prevaricación”, escribió Gustavo Petro en X.
Por ello, la Comisión recordó que el principio de separación de poderes está consagrado en el artículo 113 de la Constitución Política como uno de los pilares de la estructura institucional del país.
Asimismo, explicó que el artículo 238 de la Carta Política faculta a la jurisdicción para suspender provisionalmente los efectos de actos administrativos, incluidos aquellos expedidos por el Poder Ejecutivo.
“Cuando la Constitución Política, en su artículo 238, consagró la facultad de suspender provisionalmente los efectos de los actos administrativos, incluidos aquellos expedidos por el poder ejecutivo, reconoció expresamente la necesidad de establecer controles efectivos al ejercicio del poder público”, reza el documento.
En ese sentido, la Rama Judicial defendió la legitimidad y competencia del Consejo de Estado, al señalar que su existencia y atribuciones “tienen origen directo en la Constitución y responden a la voluntad soberana del constituyente”.
Finalmente, la Comisión Interinstitucional reiteró su compromiso con “la defensa del orden constitucional, el respeto a las decisiones judiciales, la autonomía judicial y la protección de los derechos de todos los ciudadanos”, y expresó su expectativa de que las demás ramas del poder público actúen en el mismo sentido.