El Consejo Nacional Electoral (CNE) informó, mediante un oficio fechado el 29 de octubre de 2025, que la consulta sobre el registro del Grupo Significativo de Ciudadanos “Reset Total contra el Narco y los Corruptos”, con el que el exalcalde de Medellín Daniel Quintero Calle busca postularse a la Presidencia de la República, será competencia de la Registraduría Nacional del Estado Civil.
El documento, firmado por Plinio Alarcón Buitrago, funcionario del CNE, fue dirigido al Registrador Delegado en lo Electoral, Jaime Hernando Suárez Bayona, y establece que la decisión de realizar o no el registro del movimiento ciudadano deberá ser asumida por la Registraduría, conforme a las normas que rigen la materia electoral en el país.
Competencia para el registro de grupos ciudadanos
El oficio señala que tras la revisión de los artículos 120 y 264 de la Constitución Política, el artículo 5 del Decreto 1010 de 2000, el artículo 28 de la Ley 1475 de 2011 y la Resolución 6064 del 22 de mayo de 2025, la competencia para el registro de los comités inscriptores de candidaturas por grupos significativos de ciudadanos corresponde al registrador nacional del Estado Civil o al registrador delegado en lo electoral.
El CNE aclara en el documento que su papel, en este caso, se limita al traslado de la consulta a la entidad competente, en cumplimiento del artículo 21 de la Ley 1437 de 2011, que regula los procedimientos administrativos.
El texto cita de manera literal el contenido normativo que sustenta la decisión: “El comité debe registrarse ante el registrador nacional del Estado Civil o el registrador delegado en lo electoral.”
De esta manera, el organismo electoral concluye que no es de su competencia definir la viabilidad del registro del grupo propuesto por Quintero y que cualquier trámite posterior deberá ser asumido por la Registraduría.
Contexto del movimiento y trámite pendiente
El grupo “Reset Total contra el Narco y los Corruptos” fue presentado con el propósito de respaldar la candidatura presidencial de Daniel Quintero, quien actualmente promueve su aspiración a través de recolección de firmas ciudadanas.
Con el pronunciamiento del CNE, el proceso formal de inscripción deberá continuar bajo la revisión y validación de la Registraduría Nacional, encargada de verificar los requisitos y la documentación exigida por la ley.
El oficio también menciona que el expediente original, junto con sus anexos, será remitido en su totalidad a la Registraduría Delegada en lo Electoral para el trámite correspondiente.
Este procedimiento administrativo no constituye una autorización o rechazo de la candidatura, sino un paso formal dentro del proceso de registro de los movimientos ciudadanos que buscan participar en las elecciones presidenciales.
*Este artículo fue creado con ayuda de una inteligencia artificial que utiliza machine learning para producir texto similar al humano, y curado por un periodista especializado de El País