El año pasado Cali fue declarado Distrito Especial, según la Ley 1933. La organización distrital es de vieja data. Desde el siglo pasado se comenzó a discutir la conveniencia de crear una zona metropolitana. En 1954 se creó el Distrito Especial de Bogotá con la anexión de varios municipios: Engativá, Suba, Fontibón, etc. De esta manera, la Alcaldía de Bogotá amplió su jurisdicción. Se pretendía evitar la colisión de las autoridades y lograr la expansión urbana bajo las mismas normas.

La declaración de Distrito a Cali tiene un propósito diferente. Su finalidad no contempla la integración de municipios aledaños. El objetivo es la descentralización y el acercamiento de la autoridad al ciudadano.
Generalmente el crecimiento demográfico y geográfico de la ciudad principal desborda los límites de los municipios aledaños. Esta tendencia le ocurre a Cali con Candelaria, Yumbo y Jamundí, sin embargo, parece que Bogotá se reservó ese derecho.

La Alcaldía emprendió el estudio de la conversión del estatus actual a Distrito. Por la presentación que escuché, se ha realizado un trabajo serio y concienzudo, un sinnúmero de consultas, más 4000 participantes y la asesoría de tres universidades: Icesi, San Buenaventura y la Universidad del Valle. No se han escatimado esfuerzos y gestiones para acertar en el diseño de la nueva estructura administrativa de la ciudad.
Al Concejo Municipal se le presento un proyecto de acuerdo que divide a Cali en seis distritos con sus respectivos alcaldes locales y sus juntas administradora. Cada unidad administrativa tiene una planta mínima de 29 personas y las juntas se ha sugerido que tengan entre 9 y 15 ediles. Los alcaldes locales serían electos de una terna que presenten las respectivas juntas a la Alcaldía Mayor. Además, se planteó que la transformación administrativa se lleve a cabo en 8 años. Se sugiere establecer mecanismos meritocráticos en la selección de los alcaldes locales. Se argumenta a su favor, desconcentración de la atención al ciudadano y fortalecimiento de los mecanismos de participación. La relación con las secretarías del municipio sería matricial, lo que quiere decir doble dependencia.

Surgen varias incógnitas en la implementación de este proyecto, una es el costo que asciende a $194.208 millones en el primer año. Su ejecución cubre dos períodos electorales y no se sabe cual será la opinión de los dos alcaldes y cuarenta concejales que sucedan a los actuales. Cada alcalde manda en su período, y la mayoría pretende ser electo para otros cargos, al final de su período. El clientelismo es una gran tentación. Se supone que el costo adicional sea pagado por la reducción de la nómina actual. Lo veo casi imposible. La tendencia ha sido aumentar la burocracia y cuando esto no se puede, sustituirla por contratos.
En las organizaciones matriciales la autoridad es difusa, por lo tanto, tampoco es clara la responsabilidad. Las juntas son designadas por elección popular. Pueden existir juntas controladas por la oposición.

¿Qué pasará cuando los ediles opositores de un distrito se empeñen en enviarle ternas inaceptables al Alcalde Mayor? Ya existen discrepancias con los nombramientos de los corregidores. En las empresas privadas la doble dependencia funciona, porque la autoridad y la responsabilidad indiscutible reside en la presidencia.