El Tribunal Superior Militar y Policial ratificó las sentencias impuestas contra los sargentos viceprimeros Wilson Sánchez Guerra y Luis Guillermo Cuello, tras desestimar los recursos de apelación presentados por sus defensas.
La decisión deja en firme las condenas de 15 y 16 meses de prisión, respectivamente, por hechos ocurridos en abril de 2025 en la Brigada 15 del Ejército, ubicada en Quibdó, Chocó.
De acuerdo con el fallo, ambos uniformados incumplieron sus funciones en un momento crítico, cuando la unidad militar se encontraba bajo acuartelamiento de primer grado debido a amenazas de acciones terroristas en la región.
¿Qué arrojó la investigación?
Las investigaciones adelantadas por la Fiscalía 2466 de Quibdó evidenciaron que, para el momento de los hechos, la zona estaba bajo advertencias de posibles ataques por parte de grupos armados organizados.
Esta situación implicaba un alto nivel de alerta dentro de la instalación militar, lo que exigía la presencia y cumplimiento estricto de las responsabilidades asignadas a los uniformados.
Según lo expuesto por la Justicia Penal Militar, la ausencia de los sargentos, sumada a su estado tras ingerir bebidas alcohólicas, incrementó el riesgo para la seguridad del cantón militar.
Incluso, se menciona que la falta de control en puntos clave, como el Centro de Operaciones de Unidad Táctica, generó una vulnerabilidad en medio de un espacio considerado de alta amenaza.
Sobre la decisión judicial
Ahora bien, en el caso de Wilson Sánchez Guerra, el Tribunal determinó que deberá cumplir una pena de 15 meses de prisión por haberse ausentado de su puesto en el Centro de Operaciones tras consumir alcohol, desatendiendo sus funciones en un momento de especial exigencia operativa.
Por su parte, Luis Guillermo Cuello, quien se desempeñaba como comandante de guardia del cantón, fue condenado a 16 meses de prisión.
La investigación estableció que también ingirió bebidas alcohólicas, lo que le impidió ejercer adecuadamente sus responsabilidades, pese a la situación de alerta vigente.
La Justicia Penal Militar reiteró que en ambos procesos quedó documentado el impacto de las conductas en la seguridad de la unidad. “En los dos procesos se documentó que la región estaba bajo amenaza terrorista de grupos armados organizados, por lo que se puso en riesgo la seguridad de la instalación militar”, señaló la entidad al explicar las razones de la decisión.
Asimismo, el Tribunal concluyó que no existían méritos suficientes para modificar o revocar las sentencias iniciales, por lo que resolvió mantener las condenas en su totalidad.