La Fiscalía General de la Nación anunció que no suspenderá de manera automática las órdenes de captura contra 29 cabecillas del Clan del Golfo que fueron ordenadas por el Gobierno Nacional a través de un decreto firmado por el alto comisionado para la Paz, Otty Patiño.

En ese sentido, la fiscal general Luz Adriana Camargo explicó que la suspensión se llevaría a cabo a partir del próximo 25 de junio, cuando inicia la aplicación de las Zonas de Ubicación Temporal (ZUT).

El ente acusador afirmó que se abstendrá de aplicar medidas automáticas hasta contar con información verificable sobre el estado avanzado del proceso de paz y el cumplimiento de requisitos legales.

La Fiscalía advirtió sobre la solicitud de extradición que carga 'Chiquito Malo'. | Foto: SEMANA

La Fiscalía “resolvió abstenerse de implementar medidas orientadas a generar condiciones de seguridad jurídica para el tránsito de integrantes del autodenominado Ejército Gaitanista de Colombia hacia las Zonas de Ubicación Temporal que impliquen no ejecutar, de manera general, automática e inmediata órdenes de captura antes del 25 de junio de 2026, fecha de inicio de las ZUT fijada por la misma OCCP, y hasta que cuente con información suficiente y verificable respecto al cumplimiento de los requisitos legales sobre el estado avanzado del proceso de paz”, detalló la entidad judicial en un comunicado.

Adicionalmente, se llevará a cabo una revisión detallada del listado de los 29 criminales, con el fin de identificar su situación jurídica y órdenes de captura vigentes, incluyendo procesos de extradición.

La fiscal Luz Adriana Camargo no acató la orden del Gobierno Petro. | Foto: Semana/API/Semana.

En esa línea, la Fiscalía se refirió al caso del máximo cabecilla del Clan del Golfo, Jovanis de Jesús Ávila Villadiego, alias Chiquito Malo, a quien la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia dio un concepto favorable para su extradición hacia los Estados Unidos en diciembre del 2025.

“Sin desconocer la discrecionalidad que la ley otorga al Presidente de la República para conceder o negar la extradición de nacionales, la Fiscalía General de la Nación insta a honrar los compromisos de cooperación judicial en materia de la persecución de delitos transnacionales”, aclaró.

Como manera de conclusión, para la Fiscalía es insuficiente la solicitud del Gobierno Nacional para verificar el cumplimiento efectivo de los acuerdos, razón por la cual insiste en que el control de movilidad y permanencia en las ZUT debe ser realizado por autoridades del Estado mediante mecanismos trazables que en este caso le corresponden al ente acusador y a los jueces de la jurisdicción penal ordinaria.

“La existencia de una Zona de Ubicación Temporal y la aceptación inicial de un listado de personas constituyen avances relevantes dentro del proceso, pero no agotan la verificación del estado avanzado exigido por la ley para efectos de la implementación de medidas para, entre otras cosas, la inejecución de órdenes de captura”, subrayó la fiscal Camargo.