El TLC con EE.UU. permitirá que los colombianos laboren sin necesidad de viajar o de crear empresas allá.

Ingenieros, arquitectos, contadores públicos y otros profesionales tendrán la opción de examinar los beneficios que les brindará el Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos, toda vez que podrán ‘exportar’ sus servicios’.El ministro de Comercio, Industria y Turismo, Sergio Díaz-Granados, les hizo un llamado a todos los que integran el sector de servicios para que comiencen a aprovechar el Tratado, pues uno de los capítulos del acuerdo se refiere a ese ramo de la economíaDe acuerdo con el Ministro, una de las principales ganancias en ese capítulo es que a partir de la vigencia del TLC (15 de mayo) no será obligatoria la necesidad de establecer “presencia local” en el territorio del otro país para la prestación de un servicio. Dicho en otras palabras, el profesional no tendrá necesidad de constituir una empresa en los Estados Unidos.Bajo ese panorama, servicios como la telemedicina, los call centers, los servicios de contaduría y procesamiento de datos, entre otros, se beneficiarán con el TLC, señaló el jefe de la cartera de Comercio.¿En qué estados hay opciones?“Se abre una gran ventana de oportunidad para la exportación de servicios colombianos, en la medida en que es más fácil acceder al mercado estadounidense cuando no se hace necesario establecer una compañía en su territorio, como tampoco que una persona se tenga que desplazar al otro país a la hora de prestar un servicio”, explicó Díaz-Granados. Teniendo en cuenta la estrecha relación entre el flujo migratorio de colombianos en Estados Unidos y el crecimiento del comercio bilateral de bienes y servicios se identificó que los Estados más representativos para el comercio de servicios profesionales son los de New York, New Jersey, California, Texas, Florida y el Distrito de Columbia.Precisamente esa identificación de Estados impulsó a establecer compromisos más específicos en materia de facilitación para la prestación de servicios profesionales, anotó.¿Y de los títulos académicos qué?El reconocimiento mutuo de títulos universitarios es un tema que complementa el ámbito comercial y se consolida por medio de otros acuerdos. Sin embargo, precisó el Ministro, en el Tratado con Estados Unidos se logró establecer que los dos países busquen, con sus respectivas autoridades, elaborar normas para el otorgamiento de licencias y certificados a proveedores de servicios profesionales.Con Estados Unidos se acordó la conformación de un grupo de trabajo sobre servicios profesionales con representantes de los dos países para consolidar dicha estrategia.A través de una Carta Adjunta al Capítulo de Servicios, Estados Unidos se comprometió a revisar las medidas de nivel estatal que requieran residencia permanente o ciudadanía para los servicios profesionales de ingeniería, contabilidad, arquitectura, servicios jurídicos, enfermería, odontología, medicina general y servicios prestados por personal paramédico.Lo anterior se revisará para los Estados de New York, New Jersey, California, Texas, Florida y el Distrito de Columbia. Con el cumplimiento de este compromiso, la idea es identificar limitaciones y serán insumo fundamental para facilitar acuerdos de reconocimiento mutuo.¿Así se suministrarán los servicios?A partir del 15 de mayo, los servidores colombianos podrán suministrar servicios con Estados Unidos a través de los cuatro modos de la Organización Mundial del Comercio (OMC). El primero se refiere al “suministro transfronterizo”. En este caso, ni el consumidor ni el prestador se desplazan al otro territorio; un ejemplo es la telemedicina. También se puede exportar a través del Modo 2, denominado “consumo en el extranjero”, que se presenta cuando el consumidor se desplaza al otro país a recibir el servicio; el mejor ejemplo en este caso es el turismo.Así mismo, está el modo 3 sobre la “presencia comercial”. Este se refiere a la inversión extranjera directa y se encuentra cubierto en el Capítulo de Inversión del TLC.También se podrán comercializar servicios por el Modo 4, “presencia de personas físicas”, a través del cual el prestador del servicio es quien se desplaza al otro país, tal como sucede cuando se da una capacitación o se presta un servicio de reparación en el otro país.