El cobro del 4x1000 en Colombia podría tener cambios si avanza una iniciativa que actualmente se encuentra en trámite en el Congreso; la propuesta busca modificar las reglas del Gravamen a los Movimientos Financieros (GMF) para ampliar los casos en los que los usuarios pueden trasladar recursos entre productos financieros sin asumir este impuesto.
La iniciativa fue radicada en la Cámara de Representantes por el representante Daniel Felipe Briceño Montes, del Centro Democrático, y plantea modificar el artículo 879 del Estatuto Tributario. De acuerdo con el proyecto, el objetivo no es eliminar el 4x1000, sino cambiar el tratamiento de determinados movimientos de dinero cuando los recursos continúan perteneciendo a la misma persona.
Uno de los principales cambios propuestos consiste en que los traslados entre diferentes cuentas, depósitos o productos financieros del mismo titular no generen el GMF. La medida podría aplicarse incluso cuando los productos se encuentren en entidades financieras diferentes y sin importar el monto trasladado, siempre que se cumplan las condiciones establecidas en la iniciativa.
Entre los productos contemplados aparecen las cuentas corrientes, cuentas de ahorro, cuentas de ahorro programado, depósitos electrónicos, tarjetas prepago, depósitos ordinarios, carteras colectivas y otros productos de captación, ahorro o inversión.
La propuesta parte de las reglas actualmente contempladas en el Estatuto Tributario, desde diciembre de 2024 existe una exención de hasta 350 UVT mensuales para determinados movimientos de un mismo titular, aplicada sobre el conjunto de sus cuentas en el sistema financiero. Para 2026, el proyecto calcula ese límite en aproximadamente $18,3 millones mensuales.
La iniciativa pretende que, cuando se pueda demostrar que tanto el origen como el destino de los recursos pertenecen al mismo titular, el beneficio no dependa de ese tope mensual.
Sin embargo, el proyecto establece límites, la eventual exención no aplicaría a pagos o transferencias realizadas en favor de terceros diferentes del titular de los recursos; tampoco cobijaría los retiros en efectivo, los giros de cheque ni la disposición de dinero destinado al consumo, en estas operaciones continuarían aplicándose las reglas generales y las demás exenciones previstas en el Estatuto Tributario.
Para hacer efectivo el eventual cambio, las entidades financieras tendrían que verificar que los productos involucrados pertenecen al mismo y único titular, la iniciativa plantea mecanismos tecnológicos e interoperables para realizar esa comprobación.
Además, la DIAN y la Superintendencia Financiera tendrían seis meses, después de una eventual promulgación de la ley, para establecer mecanismos de control, cruce de información y reporte. El proyecto también contempla sanciones para las entidades financieras que incumplan las obligaciones relacionadas con la eventual exención, incluidas multas de hasta 1.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes en determinados casos.