Presto, la reconocida cadena de comidas rápidas anunció recientemente que entrará en fase de liquidación luego de que la Superintendencia de Sociedades declarara la terminación de su acuerdo de reorganización y ordenara la liquidación judicial de Franquicias y Concesiones S.A.S., empresa operadora de la marca.
El proceso culminó luego de que la compañía no lograra superar las dificultades que comprometían la continuidad de sus operaciones.
La decisión implica así el fin del acuerdo de reorganización con el que la empresa buscaba atender sus obligaciones financieras y preservar su actividad comercial.
Y es que, en abril de 2026, la Superintendencia de Sociedades había confirmado un acuerdo para reestructurar pasivos por aproximadamente $31.000 millones, luego de que la propuesta recibiera el respaldo del 81,39 % de los acreedores calificados.
En ese momento, la sociedad Franquicias y Concesiones SAS, que fue constituida en noviembre de 2002, buscaba la preservación de 694 empleos directos, así como el funcionamiento de 180 puntos de venta distribuidos a nivel nacional.
Cabe decir que la medida no significa necesariamente que todos los restaurantes deban cerrar de inmediato, pues la alternativa que se contempla es encontrar un comprador que permita mantener la operación.
De hecho, Mónica Macías, designada como liquidadora por la Superintendencia de Sociedades, estaría buscando dicha alternativa de venta para preservar la operación y evitar el cierre de los puntos de venta.
“Esta decisión busca preservar la unidad económica productiva, es decir, proteger el valor de la marca, sus puntos de venta y el trabajo de quienes hacen posible cada hamburguesa, porque mantener la operación es también la mejor forma de proteger a los acreedores”, señaló la liquidadora.
Ahora bien, como parte de las medidas cautelares, se ordenó el embargo y secuestro de los bienes, recursos y derechos de la empresa que puedan ser embargados. Además, los administradores, acreedores y accionistas no podrán disponer de los activos de la compañía sin contar con la autorización previa del juez encargado del proceso.
No obstante, el proceso contemplaría la finalización de los contratos laborales, incluido el fuero sindical, con el respectivo reconocimiento de las indemnizaciones a las que tengan derecho los trabajadores.
De igual manera, se darían por terminados los contratos de ejecución continua, cumplimiento diferido o ejecución inmediata que no sean indispensables para proteger los activos de la empresa. La medida también abarcaría los contratos de fiducia mercantil y los encargos fiduciarios constituidos sobre bienes de la propia compañía.