El Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordenó la suspensión provisional de dos convenios que hacen parte del nuevo modelo de expedición de pasaportes impulsado por el Gobierno del presidente Gustavo Petro. La decisión fue adoptada dentro de una acción popular y, aunque frena parte de la implementación del esquema, aclara que la expedición de este documento no puede detenerse.

La medida cautelar fue emitida el 2 de septiembre de 2026 y responde a una demanda presentada por Nicolás Dupont Bernal contra el Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores y la Imprenta Nacional de Colombia. El proceso cuestiona la forma en que el Gobierno estructuró la producción, personalización, custodia y distribución de las nuevas libretas de pasaporte.

El fallo suspende específicamente la ejecución del Convenio Interadministrativo Específico No. 001 de 2025 y del CI-005 de 2026, además de los contratos y convenios que se desprendan de estos instrumentos mientras avanza el proceso judicial.

La decisión del Tribunal no cobija todos los acuerdos relacionados con el nuevo modelo de pasaportes. La corporación explicó que la suspensión es únicamente sobre dos instrumentos específicos y no constituye un pronunciamiento definitivo sobre la legalidad de todo el proyecto.

Entre los documentos que sí quedaron suspendidos están el Convenio Interadministrativo Específico 001 de 2025 y el CI-005 de 2026, junto con los contratos derivados de ambos.

En contraste, el Tribunal dejó por fuera de la medida el acuerdo suscrito entre la Imprenta Nacional de Colombia y la Casa da Moeda de Portugal. Según la providencia, ese convenio no fue suspendido ni se emitió un juicio sobre su validez dentro de esta etapa del proceso.

Asimismo, el Convenio Marco 006 de 2024 tampoco fue objeto de la medida porque ya había sido liquidado y no se encontraba vigente ni en ejecución.

Uno de los puntos centrales de la providencia es la falta de certeza sobre el estado real de implementación del nuevo modelo de pasaportes.

Pasaportes colombianos tras el resideño realizado en el gobierno Petro | Foto: COLPRENSA / FOTO: Catalina Olaya

En el análisis preliminar, el Tribunal encontró varios elementos que sustentan la denominada “apariencia de buen derecho”, requisito necesario para decretar una medida cautelar. Entre ellos mencionó cronogramas incumplidos, informes institucionales contradictorios y ausencia de soportes verificables sobre infraestructura, personal y avances de la operación.

También advirtió cuestionamientos relacionados con los requisitos presupuestales del proyecto y la utilización de recursos públicos durante la implementación del nuevo esquema.

Para la corporación, estos aspectos permiten inferir, de manera inicial, que existió una planeación improvisada que impide establecer con claridad el estado de ejecución del modelo.