Para poder maniobrar un vehículo en Colombia es necesario contar con una licencia de conducción, así lo determina el Código Nacional de Tránsito.

Según la Ley 769 de 2002, es obligatorio cumplir con un curso de conducción en el que le deben dar a conocer y enseñar las normas de tránsito.

Para poder cumplir con este curso, el interesado deberá estudiar y recibir cierto número de horas teóricas y otro número de horas prácticas.

Además tendrá que ser mayor de 16 años, saber leer y escribir, y estar inscrito en el Runt.

El interesado deberá encontrarse a paz y salvo por multas de tránsito, y contar también con un certificado de aptitud física, mental y de coordinación motriz para conducir, el cual debe ser otorgado por un centro de reconocimiento para conductores (CRC).

A este documento se anexa un certificado de aptitud de conducción registrado en el Runt.

Las personas con discapacidad también pueden conducir, siempre y cuando cumplan con la documentación requerida. | Foto: Foto: Alcaldía de Palmira / El País.

Ese certificado de aptitud física, mental y de coordinación también será otorgado a aquellas personas que se encuentran en condición de discapacidad y que desean conducir un vehículo.

Y es que la ley establece que estas personas sí pueden conducir, siempre y cuando cuenten con su licencia respectiva.

El Ministerio de Transporte explica que toda persona que vaya a tramitar la licencia de conducción por primera vez o por recategorización, deberá contar con dicho certificado.

“Cuando se trate de un certificado expedido a un aspirante con discapacidad, este deberá demostrar que se encuentra habilitado y adiestrado para conducir con dicha limitación, presentando los resultados aprobatorios del examen nacional de aptitud, del cual trata el parágrafo único del artículo 18 de la ley 769 del 2002”, señaló MinTransporte.

Eso sí, el certificado de aptitud física, mental y de coordinación, debe especificar el empleo de instrumentos ortopédicos cuando estos sean requeridos.

Además, en el caso de limitaciones físicas progresivas, el profesional de la salud, según corresponda, deberá especificar en su informe y en el certificado, la vigencia máxima que recomienda darle a la licencia de conducción, a partir de la cual el interesado deberá someterse a la práctica de una nueva evaluación de aptitud.

Licencia de conducción en Colombia. | Foto: El País

Cuidado con no cumplir con las adaptaciones

Lo que deben tener en cuenta las personas con discapacidad es que si no cumplen con las adecuaciones del vehículo, serán sancionadas por la ley.

El artículo 131 indica las multas a las que se exponen los conductores.

Y es que según el literal C13 del artículo 131 de la ley 769 del 2022, conducir un vehículo automotor sin las adaptaciones pertinentes, cuando el conductor padece de limitación física, podría acarrearle una multa equivalente a 15 salarios mínimos legales diarios vigentes, es decir de aproximadamente $711,750.