Con la llegada del Miércoles de Ceniza este 18 de febrero de 2026, muchos trabajadores católicos se preguntan si pueden pedir permiso en sus empleos para asistir a la misa y recibir la imposición de la ceniza. Sin embargo, la respuesta no es tan simple como un “sí” o un “no”, ya que en Colombia no existe una licencia laboral específica para este tipo de celebraciones religiosas.

El Código Sustantivo del Trabajo no contempla un permiso obligatorio y remunerado para participar en actos litúrgicos. No obstante, la Constitución de 1991 reconoce la libertad religiosa como un derecho fundamental. Esto significa que las personas pueden profesar su fe y practicar sus ritos, y que ni el Estado ni los particulares pueden discriminar por motivos religiosos.

Un empleador no puede prohibir de manera arbitraria que un trabajador ejerza su culto, pero tampoco está obligado a conceder permisos automáticos sin analizar cada caso. | Foto: Jorge Orozco

La Corte Constitucional ha explicado en varias decisiones cómo debe aplicarse este derecho en el ámbito laboral. En la Sentencia T-391 de 2021 señaló que la libertad religiosa incluye tres aspectos: el derecho a creer o no creer, el derecho a practicar ceremonias y ritos, y la obligación de dar un trato igual a todas las religiones.

En la práctica, esto implica que un empleador no puede prohibir de manera arbitraria que un trabajador ejerza su culto, pero tampoco está obligado a conceder permisos automáticos sin analizar cada caso. La clave está en el diálogo y en buscar acuerdos razonables.

Un ejemplo claro fue estudiado en la Sentencia T-982 de 2001. En ese caso, una trabajadora fue despedida por negarse a trabajar los sábados debido a sus creencias religiosas. Ella había propuesto compensar esas horas en otros días, pero la empresa no aceptó.

La Corte falló a favor de la trabajadora y recordó que las empresas deben intentar soluciones flexibles antes de tomar decisiones que afecten derechos fundamentales.

Aplicado al Miércoles de Ceniza, lo recomendable es que el trabajador informe con anticipación a su jefe o área de talento humano sobre su intención de asistir a la celebración.

El Código Sustantivo del Trabajo no contempla un permiso obligatorio y remunerado para participar en actos litúrgicos. No obstante, la Constitución de 1991 reconoce la libertad religiosa como un derecho fundamental | Foto: Archivo

¿Cómo pedir permiso el miércoles de ceniza?

  • Comunicar con antelación: Informar al empleador sobre la necesidad del permiso para asistir a los actos litúrgicos. 
  • Proponer alternativas: Plantear la compensación del tiempo solicitado en otros horarios para no afectar la operación de la empresa.
  • Apelar a la buena fe: La jurisprudencia invita a que ambas partes lleguen a un acuerdo razonable que respete tanto la libertad de conciencia como las obligaciones contractuales.

En conclusión, no existe una obligación legal que fuerce al empleador a dar el día libre por el Miércoles de Ceniza, pero tampoco puede negarse sin razones válidas si hay posibilidad de concertar.