El Presidente del Congreso, Lidio García Turbay, dio a conocer la citación a sesiones en las cuales se examinarán “con rigor” los decretos que expida el Gobierno Nacional en el marco del estado de emergencia económica.
El decreto de emergencia económica, que fue presentado el 22 de diciembre por el Gobierno Nacional, se expidió en el mismo momento en que el Congreso de la República se encuentra en receso legislativo, y la Corte Constitucional en vacancia legislativa.
Según lo dio a conocer el Senado, la decisión de citar a los congresistas, responde al deber constitucional del Congreso de revisar las medidas adoptadas por el Ejecutivo y salvaguardar la autonomía del poder legislativo.
La convocatoria está prevista para este viernes 26 de diciembre, a las 10:00 a. m., con el fin de avanzar en un tema fundamental para la institucionalidad del país: la aprobación de los ascensos de 39 oficiales de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional.
Y aunque este trámite, que ya superó su primer debate en la Comisión Segunda, es el punto único en la agenda de esta sesión plenaria virtual, al parecer también habrá espacio para debatir la declaratoria.
Precisamente el senador de Cambio Radical, Carlos Fernando Motoa, envió una carta al presidente del Congreso, en la que sugería convocar, lo más pronto posible, una sesión plenaria del Senado para ejercer control político tras la declaratoria de emergencia económica.
“Tomaremos todas las acciones legales: presentaremos una demanda ante la Corte Constitucional, solicitaremos la suspensión provisional de ese decreto e, igualmente, estamos sugiriendo que la Mesa Directiva del Senado convoque a una sesión plenaria. El control político no se suspende, incluso durante el receso legislativo, y es importante que los colombianos conozcan las posiciones de los diferentes partidos políticos, así como las alternativas para evitar que nuevamente el Gobierno de Gustavo Petro ponga en riesgo la estabilidad económica del país”, aseguró Motoa.
Para el congresista de oposición, la declaratoria de emergencia económica es irresponsable y abiertamente inconstitucional.
“Ese decreto no cumple con lo exigido en la Carta Política: desconoce los antecedentes en materia jurisprudencial sobre lo que se debe entender por un estado de emergencia y, por supuesto, la improvisación es una constante en temas de orden público, salud, vivienda y ahora en el ámbito económico”, manifestó.
Pero la decisión del Senado ha desatado una guerra cuyos protagonistas son el ministro del Interior, Armando Benedetti; el ministro del Trabajo, Antonio Sanguino; y el presidente del Congreso.
Benedetti ha señalado que el Congreso solo podrá hacer revisión de la declaratoria cuando el Gobierno envíe un informe.
“El Congreso solo podrá iniciar el estudio del estado de emergencia económica cuando el Gobierno haya enviado el informe de la declaratoria y sus medidas, según dicen el artículo 215 de la Constitución y el artículo 48 de la Ley 137 de 1994, y aún no se ha enviado ese informe", manifestó el ministro del Interior.
Mientras que Sanguino aseguró que el presidente del Congreso es una“vaca muerta atravesada en el camino de las reformas y los cambios que favorecen al pueblo trabajador”.
Por su parte, García Turbay, se refirió a dichos ministros. “Los excongresistas que hoy ocupan las carteras del Interior @AABenedetti y Trabajo @AntonioSanguino defendieron en su momento la autonomía del Congreso; ahora, desde el Ejecutivo, buscan condicionarla”.
Además explicó que “el artículo 215 de la Constitución no prohíbe convocar sesiones extraordinarias para ejercer control político mientras se espera el informe motivado”, y manifestó que “las reacciones apresuradas de estos funcionarios generan legítimos interrogantes sobre lo que intentan evitar”.
“El Congreso no se subordina: citaremos y examinaremos con rigor los decretos adoptados. Nuestra autonomía permanece intacta”, anunció el Presidente del Legislativo.
El estado de emergencia económica fue declarado por el presidente Gustavo Petro con base en el artículo 215 de la Constitución Política, que faculta al Ejecutivo para adoptar medidas extraordinarias cuando sobrevienen hechos que perturban o amenazan de manera grave e inminente el orden económico, social o ecológico del país.
Dicha figura permite al Gobierno expedir decretos con fuerza de ley para atender situaciones excepcionales que no pueden resolverse mediante los mecanismos ordinarios.
Según el Gobierno Nacional, la declaratoria de la emergencia económica obedece a la necesidad de enfrentar circunstancias económicas y sociales que requieren respuestas inmediatas del Estado.
No obstante, la Constitución establece que estas decisiones están sujetas al control político y jurídico por parte del Congreso de la República y de la Corte Constitucional.