Para quienes han llegado a una edad mayor y todavía tienen la necesidad o el deseo de transportarse por medio de vehículos privados, la ley colombiana establece que después de los 65 años podrán seguir haciéndolo, siempre y cuando cumplan con los requisitos médicos y administrativos exigidos para que sea posible la renovación de su licencia de conducción.

Esto puesto que en Colombia no hay una edad máxima establecida para manejar ni para renovar la licencia. Según indica la normativa vigente, los adultos mayores pueden seguir conduciendo sus vehículos, siempre y cuando demuestren que mantienen las condiciones necesarias para hacerlo de forma segura.

Después de los 60, los exámenes se deben hacer de forma más continua. | Foto: El País

Con base en esta razón, la renovación del documento deja de depender únicamente de un trámite administrativo, para pasar a requerir la aprobación de evaluaciones médicas que certifiquen la aptitud del conductor.

Quienes deben realizar este tipo de valoración deben acudir a un Centro de Reconocimiento de Conductores (CR), entidades autorizadas para verificar si una persona conserva las capacidades necesarias para conducir. En dicho examen se evalúan los siguientes aspectos:

  • Visión y audición.
  • Coordinación motriz.
  • Estado físico general.
  • Condiciones de salud mental.
  • Uso adecuado de gafas o dispositivos auditivos, cuando sea necesario.

Una vez expedido el certificado médico, este debe quedar registrado en el Runt, para que el organismo de tránsito pueda dar continuidad al proceso de renovación de la licencia de conducción.

Las autoridades han adelantado diferentes operativos en todo el territorio nacional. | Foto: El País

En cuanto a la frecuencia de renovación, esta varía según la edad y el tipo de licencia. Para aquellos conductores particulares de categorías A y B, la licencia tiene una vigencia de 10 años hasta los 60 años y de cinco a partir de este momento.

En el caso de los mayores de 80 años, la renovación deberá realizarse anualmente, junto con la presentación de los exámenes médicos correspondientes.

Para aquellos conductores de servicio público que cuenten con licencia de categoría C, la renovación se exigirá cada tres años antes de los 60 años y cada año después de esta edad.

Entre los requisitos para este tramite, además del examen médico, los solicitantes deberán cumplir con estos documentos de carácter administrativo:

  • Estar inscritos en el Runt.
  • Presentar el documento de identidad.
  • No tener multas o comparendos pendientes.
  • Pagar los derechos correspondientes al trámite.

Recuerde que el certificado médico expedido por un CRC tiene una vigencia máxima de seis meses. Si el trámite no se completa dentro de ese plazo, será necesario repetir las evaluaciones para obtener una nueva certificación.