El alto índice de multas a nivel nacional ha preocupado a las autoridades, pues solamente en Bogotá se han impartido más de 43.000 comparendos, relacionados en muchos casos con una práctica común en las calles, que sin embargo no deja de causar altas cifras de represión por parte de agentes de tránsito: parquear en lugares prohibidos, una regla que está en rigor con el objetivo de evitar las congestiones en vías de alta afluencia de vehículos motores en el país.

Conocido como el C02, este comparendo es uno de los más impartidos por las autoridades. En Bogotá, una ciudad con una densa afluencia automotor, en lo corrido del 2025 se han realizado cerca de 10.000 operativos para sancionar esta infracción, según cifras de la Secretaría de Movilidad.

Agentes de tránsito realizan periódicamente controles para verificar el cumplimiento de las reglas. | Foto: Jorge Orozco/El País

Frente a esto, tenga en cuenta cuáles son las zonas establecidas como prohibidas para parquear su vehículo:

  • Andenes, zonas verdes o espacio público.
  • Arterias viales, autopistas, zonas de seguridad y en cruces.
  • Vías principales.
  • Puentes, viaductos túneles, pasos bajos y estructuras elevadas.
  • Zonas destinadas a estacionamiento.
  • Carriles dedicados al transporte masivo.
  • Lugares que interfieran con la salida de vehículos estacionados.
  • Lugares de comercio u obras en construcción.

Recuerde que es común, además, encontrar señalizaciones por parte de las autoridades de tránsito, de manera que no existan confusiones sobre el uso del espacio público en caso de que requiera parquear su vehículo.

¿La señal de ‘no parquear’ rige antes o después de su ubicación?

Esta es una de las preguntas más comunes por parte de los conductores, pues en muchos casos la ubicación de las señales puede prestarse para malos entendidos. Frente a esto, debe conocer que dicha señal indica “la prohibición de parquear a partir del sitio mismo donde ella se encuentra hasta la siguiente intersección”, según lo establece la norma de tránsito para estos casos.

Casos de intolerancia se han presentado cuando agentes de tránsito han intentado llevar a cabo controles en las ciudades. | Foto: El País

Ante la responsabilidad que recae sobre las autoridades, de cara a la correcta señalización de dichas señales, el Código Nacional de Tránsito indica, en el artículo 112, que “se dispone que las disposiciones de estacionamiento deberán estar señalizadas y demarcadas, previa decisión del funcionario de tránsito competente, las cuales no pueden ser de carácter permanente, salvo por razones de seguridad debidamente justificadas”.

Según el Ministerio de Transporte, en las vías que sean de un solo sentido la autoridad puede implementar señales de ‘prohibido estacionar’ en n solo costado del corredor. La señalización, en estos casos, podrá ir acompañada de una señalización que indique que dicha prohibición aplica para ambos costados.