Luego que la Corte Constitucional declarara inexequibles los artículos 2, 6, 7 y 9 del decreto legislativo 678 de 2020, que permitían a las entidades territoriales del país otorgar descuentos en el pago de diferentes impuestos, la Alcaldía de Cali manifestó que hasta que la decisión no sea notificada oficialmente se podrá seguir accediendo a las rebajas.
En el caso de Cali, estos alivios se estaban ofreciendo a través del llamado ‘papayazo’ tributario, con el que los ciudadanos podían obtener descuentos en el capital y en los intereses de mora de los impuestos predial, industria y comercio, valorización (megaobras) y circulación y tránsito, así como en multas de tránsito o del Código de Policía.
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A continuación, El País explica qué ocurrirá con los descuentos y los contribuyentes pendientes de pago.
¿Por qué se declara inexequible el ‘papayazo’ tributario?
Según explicó el abogado Víctor Hugo Vallejo, la Corte Constitucional declaró inexequibles los cuatro artículos del decreto legislativo 678 de 2020 “porque rompieron el motivo de conexidad motivacional”. Este decreto había sido emitido por el Gobierno para hacerle frente a la emergencia sanitaria y económica causada por el Covid-19. “La ausencia motivacional sirve como sustento para dictar una disposición en un momento determinado, lo que quiere decir que las consideraciones que tuvo en cuenta el decreto en esos cuatro artículos no tenían nada que ver con lo que llevó al Gobierno a declarar el Estado de excepción”, aseveró Vallejo.
¿Qué descuentos del ‘papayazo’ se pierden con el fallo?
Descuentos del 100% en intereses de mora y sanciones, al igual que una reducción del 20% en el capital de los tributos de la vigencia 2019 y de años anteriores. Sin embargo, Fulvio Soto, director de Hacienda Municipal, aclaró que hasta que la Corte Constitucional no realice la publicación oficial del fallo, los contribuyentes caleños pueden seguirse acogiendo a estos beneficios. “Lo que salió el día de ayer (jueves) fue el comunicado de la Corte, el cual no tiene efectos jurídicos. Entonces, lo que se viene ahora es esperar a que la Corte notifique el fallo a través de una publicación, que por lo general puede tomar unos 15 días”, indicó Soto.
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¿Dónde se pueden pagar los impuestos con el ‘papayazo’?
Hasta el próximo 31 de octubre, los puntos de atención habilitados para la liquidación y el recaudo de impuestos son el centro de atención y hall bancario del CAM, los CALI (excepto el 13), las oficinas móviles en Cosmocentro, Jardín Plaza y Holguines Trade Center y la unidad móvil (que la próxima semana visitará las comunas 15, 16 y 8). La liquidación y el pago de impuestos también se puede hacer a través de la página www.cali.gov.co o por medio de la aplicación ‘Impuestos Cali’.
¿Qué pasará con los personas que ya se acogieron al ‘papayazo’ tributario?
Érika Zuley Zapata, subdirectora de Impuestos y Rentas de Cali, explicó que quienes ya cancelaron las facturaciones emitidas durante estos cinco meses de ‘papayazo’ no perderán el descuento, puesto que ya se acogieron al beneficio.
¿Cuántos contribuyentes alcanzaron a pagar el ‘papayazo’?
De acuerdo con Hacienda Municipal, 53.204 contribuyentes pagaron vigencias anteriores de predial con el ‘papayazo’, mientras que 2405 liquidaron el ICA con este alivio tributario.
¿Cuánto dinero ha recogido la Alcaldía con el ‘papayazo’?
La Administración recaudó aproximadamente $892.000 millones con dos rentas importantes: predial e ICA.
¿Quedará vigente algún otro descuento tributario en la Alcaldía?
Una vez la Corte Constitucional publique el fallo, los contribuyentes solo podrán acceder al descuento del 20 % en el pago del impuesto predial de la vigencia 2020. Este alivio lo ofrecerá la Alcaldía por pronto pago y no está enmarcado en el ‘papayazo’.
A partir de mañana y hasta el 31 de octubre, en el Centro de Atención al Contribuyente del CAM se va a brindar servicio todos los días, desde las 8:00 a.m. hasta las 4:00 p.m.
Embargan deudores
Más de 30 mil embargos fueron decretados entre septiembre y octubre de 2020 por la Alcaldía de Cali, a igual número de contribuyentes morosos de los Impuestos Predial e ICA. Dichas medidas cautelares se tomaron en el marco de la recuperación de la cartera morosa por este concepto, la cual asciende a los $192 mil millones.
“Es importante aclararle a los ciudadanos que no estamos embargando a personas que no tengan capacidad de pago y que antes de iniciar dichas medidas hicimos todo un análisis de la cartera y entre los deudores encontramos constructoras, sector financiero y servidores públicos de las diferentes entidades que tiene el Estado como la Alcaldía, Gobernación, Emcali, Sena, ICBF, quienes han tenido la posibilidad de obtener ingresos”, dijo Fulvio Soto, director de Hacienda.