El Juzgado 25 Civil Municipal de Cali sancionó por desacato al secretario de Movilidad de Cali, Sergio Moncayo, al considerar que no dio cumplimiento integral a una orden de tutela que le exigía responder de fondo un derecho de petición presentado por un ciudadano en septiembre del años de 2025.
De acuerdo con la decisión judicial, si bien la Secretaría de Movilidad emitió una contestación formal, esta no abordó de manera completa varios de los puntos planteados en la solicitud ciudadana.
Entre los aspectos que, según el despacho, no fueron resueltos con claridad, se encuentran la normatividad relacionada con los cambios de chalecos o placas de identificación de agentes de tránsito, así como la información sobre la entidad responsable de la adquisición de vehículos oficiales.
El juez concluyó que hubo un incumplimiento parcial de la orden previamente impartida dentro del trámite de tutela, mediante la cual se habían amparado los derechos fundamentales del ciudadano, entre ellos el acceso a la información y otros. En consecuencia, determinó que la respuesta suministrada no satisfizo plenamente los requerimientos establecidos en el fallo inicial.
Como medida sancionatoria, el despacho impuso tres días de arresto y una multa equivalente a un salario mínimo mensual legal vigente al funcionario. No obstante, la decisión será remitida en grado de consulta a un juzgado superior para su revisión, en garantía del debido proceso y del derecho de defensa del secretario de Movilidad.
Frente a la determinación judicial, el abogado Julio Obando, asesor jurídico de la Secretaría de Movilidad de Cali, señaló que la entidad respeta la decisión, pero aseguró que aportarán la documentación necesaria para demostrar que sí se brindó una respuesta oportuna y de fondo al derecho de petición elevado por el ciudadano frente al tema en cuestión.
“Respondemos conforme a la ley. Buscaremos aclarar la situación ante el correspondiente operador judicial. Consideramos que es un caso en el que se puede demostrar que la Secretaría de Movilidad dio una respuesta adecuada y dentro de los términos establecidos”, afirmó el jurista.
Y que el caso pone nuevamente en el centro del debate la importancia del cumplimiento estricto de las órdenes judiciales derivadas de acciones de tutela, así como la obligación de las entidades públicas de garantizar respuestas claras, completas y oportunas a las solicitudes ciudadanas. Entretanto, se espera la revisión del fallo en segunda instancia para definir si se mantiene o modifica la sanción impuesta al funcionario municipal.