En la mañana de este jueves, la Policía Metropolitana de Santiago de Cali confirmó que capturaron a dos personas involucradas en un hecho de intolerancia ocurrido en el sector de Potrero Grande, en Cali.
De acuerdo con el reporte oficial, los hechos se registraron hacia el mediodía del miércoles 17 de junio, cuando un menor de edad resultó herido tras un ataque contra un vehículo del sistema de transporte masivo MÍO.
El Brigadier General Herbert Benavidez, comandante de la Policía Metropolitana Santiago de Cali, explicó que el hecho se presentó tras una confrontación entre dos personas que se movilizaban en motocicleta y ocupantes de un bus del sistema de transporte.
En medio del altercado, una de las personas involucradas lanzó un objeto contundente contra el vehículo, impactando uno de los vidrios, que al final afectó al menor. No obstante, las autoridades precisaron que las heridas sufridas por el niño no revisten gravedad.
“Producto de este acto de intolerancia, se hace un lanzamiento de un objeto contundente contra uno de los vidrios del vehículo; esto produce unas lesiones sin gravedad a un menor de edad”, reveló el uniformado.
Luego de la reacción de los uniformados, dos personas fueron capturadas y puestas a disposición de las autoridades competentes, por lo que ahora deberán comparecer por los delitos de daño en bien ajeno y lesiones personales.
Mientras tanto, las autoridades avanzan en las investigaciones para esclarecer completamente las circunstancias que rodearon este caso.
Frente a los delitos por los que deberán responder estas personas, el Código Penal colombiano establece en su artículo 265 que el daño a bien ajeno se trata de toda destrucción, desaparición o cualquier otro modo de deterioro de algo que pertenece a alguien más.
Este delito puede establecer una pena en prisión de dieciséis (16) a noventa (90) meses y una multa de seis punto sesenta y seis (6.66) a treinta y siete punto cinco (37.5) salarios mínimos legales mensuales vigentes, siempre que la conducta no constituya delito sancionado con pena mayor.
Mientras que para lesiones personales, en el artículo 111 del mismo Código se detalla que las penas varían conforme a la gravedad del daño, por lo que una incapacidad menor a 30 días se castiga con prisión de 1 a 2 años, y una mayor a 30 días de 16 a 54 meses.
En caso de reincurrir en estas acciones, las penas tienden a aumentar varios meses más.