Las principales ciudades del país como Cali ponen en funcionamiento las restricciones del pico y placa para la gran mayor parte del año. Según el Decreto No. 4112.010.20.1233 de 2025, la medida rige hasta el 30 de junio de 2025 y aplica para vehículos particulares con circulación en la capital del Valle del Cauca.

A pesar de que la Administración Municipal decidió que el pico y placa durante la Semana Santa se mantendría sin modificaciones durante los días hábiles (Lunes Santo, Martes Santo y Miércoles Santo) en su horario habitual de 6:00 a.m. a 7:00 p.m. El jueves 17 como el viernes 18 de abril sí estuvo suspendida la restricción por ser días festivos a nivel nacional.

Debido a que la Semana Mayor del 2025 ha llegado a su final, el pico y placa volverá a regir de manera común y corriente a partir de la jornada de este lunes 21 de abril al interior de toda la capital del Valle del Cauca, en el mismo horario de 6:00 a.m. a 7:00 p.m.

Según el Decreto No. 4112.010.20.1233 de 2025, la medida rige hasta el 30 de junio de 2025 y aplica para vehículos particulares con circulación en la capital del Valle del Cauca. | Foto: El País

Es importante recordar que de no acatar esta medida, las autoridades de tránsito caleñas pueden poner multar a los conductores de 15 salarios mínimos, lo que equivale a $711.750. Asimismo, existe el riesgo de que el vehículo sea inmovilizado.

Pico y placa en Cali entre el lunes 21 y viernes 25 de abril del 2025

Para esta cuarta semana del mes de abril no van a poder circular los siguientes vehículos:

  • Lunes 21 de abril: placas terminadas en 5 y 6.
  • Martes 22 de abril: placas terminadas en 7 y 8.
  • Miércoles 23 de abril: placas terminadas en 9 y 0.
  • Jueves 24 de abril: placas terminadas en 1 y 2.
  • Viernes 25 de abril: placas terminadas en 3 y 4.
El Pico y Placa en Cali se aplica de lunes a viernes, en un horario comprendido entre las 06:00 a.m. y las 07:00 p.m | Foto: grupor5

Vehículos en Cali que son exentos del pico y placa

  • Transporte público (buses del MÍO y busetas).
  • Vehículos eléctricos e híbridos.
  • Ambulancias y otros transportes de emergencia, como los de la Policía y los Bomberos.
  • Vehículos que transportan personas con discapacidad.
  • Vehículos de carga igual o superior a 5 toneladas.
  • Automóviles con permiso especial mediante el pago de la “tasa por congestión”.
  • Motocicletas.

Tasa por congestión

Teniendo en cuenta que hay personas que aunque tengan pico y placa deben usar su vehículo con urgencia, la Alcaldía de Cali habilitó el pago de la tasa por congestión para este fin.

Es importante destacar que las personas que estén interesadas en hacer este pago solo deben entrar a página web de la Alcaldía de Cali (www.cali.gov.co) y hacer clic en la sección de la Secretaría de Movilidad. Una vez allí, podrán buscar la casilla que dice “tasa por congestión”, llenar la información que se pide y realizar el pago a través del botón de PSE.