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Pensiones millonarias no pueden reducirse de forma automática, según Corte

Así lo determinó la Corte Suprema de Justicia al fallar una tutela interpuesta por la viuda de un excongresista.

14 de marzo de 2014 Por: Elpaís.com.co | Colprensa

Así lo determinó la Corte Suprema de Justicia al fallar una tutela interpuesta por la viuda de un excongresista.

La Corte Suprema de Justicia determinó que las millonarias pensiones de los Congresistas, que fueron reducidas por la Corte Constitucional a un tope de 25 salarios mínimos, no pueden rebajarse de forma automática. Al estudiar el caso de la viuda de un congresista, la Sala Laboral de la Corte, en fallo de tutela, señaló que hasta que no haya un procedimiento administrativo o una orden judicial, las pensiones deberán seguirse pagando tal y como estaban establecidas.De acuerdo con la Corte Suprema, si la decisión judicial determina que si hay causal para reducir las pensiones a 25 salarios mínimos, este fallo puede ser demandado.Esto, ya que para la Corte Suprema de Justicia, el ajuste automático a los 25 salarios mínimos no es un mandato absoluto que no se puede permitir en un Estado Social de Derecho. No obstante, la Sala Laboral explicó que no se trata de no cumplir con la orden de la Corte Constitucional, “sino que la misma orden se realice con pleno respeto de las formas, esto es a través del acto administrativo o judicial, y siguiendo las propias directrices allí contenidas”. Con estos, entre otros argumentos, la Sala Laboral tuteló el derecho fundamental al debido proceso de Lina Ramírez, viuda del representante Giovanni Lamboglia Mazzilli, a quien se le redujo la pensión de sobrevivientes a partir del primero de julio de 2013, con todos los ajustes automáticos del régimen especial de pensiones de congresistas.

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