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Los delitos de Jorge Noguera, exdirector del DAS

156 páginas contienen las razones con base en las cuales la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia condenó a 25 años de prisión al exdirector del DAS, Jorge Noguera Cotes.

14 de septiembre de 2011 Por: Elpais.com.co - Colprensa

156 páginas contienen las razones con base en las cuales la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia condenó a 25 años de prisión al exdirector del DAS, Jorge Noguera Cotes.

Además de la condena de 25 años de cárcel, Jorge Noguera Cotes, exdirector del DAS, deberá cancelar 6.510 salarios mínimos como multa (cerca de 3.500 millones de pesos) y soportar una inhabilidad para ejercer cargos públicos por 20 años.Las denuncias hechas por Rafael García Torres, exjefe de informática del DAS, que fueron conocidas a finales de 2005 y principios de 2006 a través de los medios de comunicación fueron la génesis de esta condena contra uno de los hombres más cercanos al expresidente de la República Álvaro Uribe Vélez.García Torres, testigo clave dentro de todo el proceso de la ‘parapolítica’, señaló que Noguera había puesto el DAS a disposición del paramilitarismo, e incluso, vinculó a Noguera con el extraditado y máximo comandante del 'Bloque Norte de las Autodefensas', Rodrigo Tovar Pupo, alias Jorge 40.La lista de las anomalías que se cocinaban en el DAS no era corta: filtración de información de inteligencia a miembros de las Autodefensas, entrega de información de policía judicial relacionada con las acciones de extinción de dominio que adelantaba la Fiscalía General en diferentes procesos, además de la alteración en los antecedentes y órdenes de captura de varios miembros de las AUC, hacían parte del rosario de anomalías que desde el DAS se fraguaban y de las que, según García Torres, estaba enterado Noguera Cotes.El cargo ostentado por Noguera fue usado para nombrar en las direcciones seccionales del norte del país a personas que favorecieran y promovieran actividades delictivas.Para concretar algunas de estas últimas disposiciones, García habló de una lista de sindicalistas, estudiantes y dirigentes de izquierda que tiempo más tarde fueron asesinados por los paramilitares. Entre los nombres, blanco del grupo armado estaban Alfredo Correa De Andreis, Fernando Pisciotti y Zully Codina Pérez.En el asesinato del primero, comprobó la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, tuvo que ver Noguera Cotes, las dos muertes restantes no lograron atribuirse al exfuncionario, por lo que la condena sólo se relaciona con Correa De Andreis. Los demás cargos también fueron probados por la Corte para sustentar la pena a 25 años de prisión.La lista de los delitos de Noguera:Concierto para delinquirTras un detallado análisis la Sala Penal consideró que Jorge Aurelio Noguera Cotes, en su calidad de Director del Departamento Administrativo de Seguridad –DAS- puso las funciones públicas de la entidad al servicio del Bloque Norte de las Autodefensas, al contribuir de esa manera a incrementar el riesgo contra la seguridad pública, en tanto habría reforzado la acción del grupo ilegal. Y agregó: “Noguera aprovechó el poder del cargo para promocionar y facilitar las actividades delictivas del 'Bloque Norte de las Autodefensas', del cual hacía parte el 'Frente Resistencia Tayrona', para de ese manera favorecer los intereses de Rodrigo Tovar Pupo, alias Jorge 40, y de Hernán Giraldo Serna, alias el Viejo.Destrucción y supresión de documento público “Es un hecho incontrovertible que, durante el período en que Jorge Aurelio Noguera estuvo al frente del DAS, las bases de datos que contenían las anotaciones de antecedentes y órdenes de captura con y sin fines de extradición fueron objeto de borrados y alteraciones”, dijo la Sala Penal al responsabilizar a Noguera por este delito.Rafael García Torres, como Jefe de la Oficina de Informática, fue responsable de las adulteraciones que sufrió el sistema de información del organismo de seguridad, lo que se determinó con claridad.“El comportamiento complaciente del Director frente a su Jefe de la Oficina de Informática, simplemente se muestra acorde con su política de prestarle colaboración al 'Bloque Norte de las Autodefensas'”, dijo la Corte, al darle la razón a lo dicho por García.Violación del secreto o reservaEs incuestionable que Noguera Cotes tenía acceso a las labores de policía judicial que adelantan los investigadores en coordinación con la Fiscalía, como también a los hallazgos obtenidos en las labores de inteligencia adelantadas por el organismo, por lo que la información bajo su cargo se encontraba sometida a reserva para efecto de garantizar el éxito de las investigaciones y la seguridad nacional. La Corte agregó que el entonces director del organismo se valió de García Torres para suministrar al 'Bloque Norte de las Autodefensas' información atinente a labores de inteligencia, de policía judicial y antecedentes, cuya propiedad era exclusiva del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS).HomicidiosCon base en las listas entregadas por Noguera a los paramilitares, varios fueron los asesinatos que se cometieron. Al respecto, la Corte señaló, frente al caso Correa De Andreis, que el DAS actuó en connivencia con el 'Bloque Norte de las Autodefensas', a través del 'Frente José Pablo Díaz', comandado por Édgar Ignacio Fierro, alias Don Antonio, en el asesinato del profesor Alfredo Rafael Correa De Andreis, a quien señalaron como subversivo. “El profesor Correa De Andreis fue objeto de seguimientos y tomas fotográficas ilegales desde el mes de agosto de 2003, por parte del investigador de la Dirección seccional del DAS de Valledupar, Javier Alfredo Valle Amaya”, señaló la Corte.Abuso de autoridadEl proceder de Noguera no deja dudas a la Corte en cuanto a la manera cómo procedió frente a la connivencia entre él y las AUC, de ahí su responsabilidad en este delito. Se le considera, en ese sentido, autor mediato del homicidio de Alfredo Rafael Francisco Correa De Andreis, según el análisis de lo previsto en el artículo 103 del Código Penal de 2000.Caso Zully Esther CodinaEn este caso las evidencias no permiten señalar a Noguera como partícipe del repudiable crimen, pues con independencia a que el DAS durante su administración mantuviera relaciones con el 'Bloque Norte', es cierto que en el sub júdice no hay el hilo conductor entre el procesado y la muerte de la comunicadora Zully Codina.Caso Fernando PisciottiEl homicidio de Pisciotti no surgió como consecuencia de que hiciera parte de una lista de personas vinculadas con la subversión, ni de labores de inteligencia realizadas por el DAS, que son la esencia de los homicidios en este proceso. Su muerte se produjo por situaciones diferentes, una alusiva al incumplimiento de sus compromisos económicos con el grupo de las autodefensas que operaba en la región y otra referida a las confrontaciones presentadas en el escenario electoral, específicamente a la denuncia presentada contra alias Rubén.Rafael García TorresSegún consta en la sentencia, Rafael García Torres no era, como se quiso hacer ver, miembro del grupo de las Autodefensas que lideraba 'Jorge 40', pero sí jugó un papel importante al participar de manera activa y eficaz en el fraude electoral ideado por Tovar Pupo de cara a las elecciones al Congreso de la República (2002).Al respecto, la Corte precisó que lo dicho por García sirvió de pauta para las investigaciones adelantadas contra varios congresistas del Magdalena, estas y otros elementos de juicio, como el análisis efectuado a los resultados electorales del departamento, permitieron demostrar que hubo candidatos que lograron su triunfo gracias a los acuerdos realizados con esta organización criminal.El vínculo entre Noguera y García Torres viene desde 1995, cuando trabajaron en la Sociedad Portuaria de Santa Marta, donde el hoy condenado también se relacionó con Liliana del Castillo Ospino, esposa de García. Más tarde, los dos se reencontraron en la campaña a la Presidencia. Estas relaciones fueron las que llevaron a García al DAS, sin siquiera el estudio de confiabilidad exigido por la institución.En otra decisión, la Sala Penal compulsó copias para que se investigue el proceder del exfiscal general Mario Iguarán Arana y el exembajador de Colombia en Italia Sabas Pretelt, por cuanto, según Noguera, Iguarán y Pretelt de la Vega lo quisieron presionar para que con sus declaraciones no afectara al gobierno del entonces presidente Álvaro Uribe.Así las cosas, la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes y el Despacho de la Fiscal General de la Nación deberán analizar estas conductas.Las frases del procesoRodrigo Tovar Pupo, alias Jorge 40: “La organización política y militar (AUC) reemplazó al Estado en sus funciones, tanto ejecutiva, como en la legislativa y judicial”.Salvatore Mancuso: “Hubiese sido imposible que nosotros y las Autodefensas (…) hubiesen crecido de la forma que crecieron sin la participación conjunta del Estado (…) para poder incursionar hubo una relación estrecha con las instituciones de seguridad del Estado, con la Policía, con el Ejército, con el DAS, con la Fiscalía, con los organismos de investigación del Estado”.Rafael García Torres: “Desde que Noguera tomó posesión del cargo como director del DAS hizo saber que se dedicaría a perseguir a las Farc, y que no tenía ningún interés en perseguir autodefensas ni narcotraficantes”.

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