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Todo lo que debe saber sobre la Ley contra el maltrato animal en Colombia

El intendente Eliécer Zorrilla, líder de la Policía Ambiental de Cali, explica los alcances de la Ley contra el Maltrato Animal. Este año van 65 quejas.

24 de febrero de 2016 Por: Redacción de El País

El intendente Eliécer Zorrilla, líder de la Policía Ambiental de Cali, explica los alcances de la Ley contra el Maltrato Animal. Este año van 65 quejas.

Tras la captura y judicialización de un hombre de 18 años por la muerte de un  perico y a un gallo en el oriente de Cali, el intendente Eliécer Zorrilla, jefe del grupo de protección ambiental y ecológica de la Policía Metropolitana de Cali, invitó a los ciudadanos a  tener valor civil para denunciar casos como ese. Lea también: Primer capturado por maltrato animal en Cali. El oficial, en entrevista con El País,  explicó los alcances que tiene  la Ley contra el Maltrato Animal (Ley 1774 de 2016), que estableció  castigos con cárcel y multas económicas para  quienes abusan de los animales. También, el proceso que debe seguir la persona que desee presentar una queja.  ¿Cuáles formas de maltrato son las que castiga la ley que defiende a los animales? Sanciona los  actos crueles que se cometan contra cualquier animal, como quemarlos, apuñalarlos y quitarles la vida. También aplica para personas que son sorprendidas botando un animal a un caño, eso se cataloga como abandono. Igualmente, cuando se atente contra sus condiciones de salud, dejándolos sin comer, sin agua, a la intemperie. Entran también las lesiones a equinos, ocasionadas por carretilleros que les pegan o que los hacen llevar cargas pesadas, esto muchas veces hace que los animales se desmayen. ¿Qué sanciones estima la ley para castigar al agresor? La persona puede ser condenada de  uno a 36 meses de cárcel  y a multas que van desde cinco hasta 60 salarios mínimos mensuales vigentes, dependiendo de la gravedad del caso. En algunas ocasiones, por la gravedad de la agresión, se aplica la pena máxima (de 36 meses de cárcel) y se le puede sumar las tres cuartas partes de la mitad de  esa pena máxima (13,5 meses más, pero puede variar dependiendo de lo que determine el juez).   ¿Y en qué escenarios se puede dar ese aumento de pena? Cuando se determina que el maltrato se ha hecho con sevicia, si el acto de violencia se comete en vía pública o delante de menores de edad. También incluye el abuso sexual a animales. En el caso del joven que mató al perico y al gallo, que se puso a disposición de las autoridades, le podrían imponer  la pena máxima (36 meses) más otros  meses que considere el juez. A él se le dictó medida de aseguramiento. Pero en su mayoría, las penas que se imponen no pasan de tres años. Por eso se hace el aumento de pena en los casos gravísimos,  para que no sea excarcelable. ¿Y cuando es excarcelable, la gente paga esa pena en la casa? ¿Puede seguir con sus actividades normales? Esto depende  de lo que decida el juez o el fiscal del caso. Nuestra labor como Policía Ambiental es presentar los casos y el material probatorio que tengamos frente al maltrato. Todo dependen de la gravedad. ¿Dejar una mascota sola, encerrada todo el día en una vivienda, es castigado por esa ley? No. Ese tipo de actuaciones se catalogan como contravenciones, al igual que dejar a la mascota encerrada en un carro o amarrada a un árbol. Esas conductas las castiga un inspector de policía y, generalmente, se imponen amonestaciones entre 1 y 5 salarios mínimos, dependiendo de la gravedad del hecho. Entonces, la ley no castiga cualquier tipo de maltrato... Lo que pasa es que la nueva ley entra a operar cuando esas contravenciones se vuelven gravísimas. Por ejemplo, si usted deja a un perrito dentro de un carro, con semejantes calores que están haciendo, y se muere por asfixia, usted ya tendrá un proceso jurídico, sin que esa persona haya tenido la voluntad de hacerle daño. Si usted se va por muchos días y deja al animal sin comida y sin agua en la casa, y fallece, allí aplica. Si esa persona que amarra al animalito a un árbol, lo deja sin comida y sin agua, se le puede aplicar la ley. Para determinar esos daños de la salud, se necesita que un médico veterinario certifique que hubo deterioro de su salud, porque con ese dictamen el juez determina si se aplica la ley. Pero independientemente de esto, ningún caso de maltrato debería presentarse, ni leve ni grave. ¿Cuántas denuncias han recibido este año por maltrato animal? En lo corrido de este año ya tenemos unas 65 denuncias de maltrato a perros, gatos y caballos. La única que dio para judicialización fue la del joven de 18 años que mató al perico y al gallo. El resto han sido contravenciones. Lo que hay que decir es que el número de denuncias ciudadanas  se ha reducido bastante por la implementación de la ley, la gente se cuida más porque sabe que hay castigos. Pero están más activos los grupos animalistas, que nos buscan para que hagamos cumplir esa norma.   ¿Cómo puedo denunciar un caso de maltrato animal? Si usted ve un caso de maltrato en la calle, se puede llamar al 123, el caso lo remiten a nosotros y lo atendemos. También se puede llamar a la línea directa de la Policía Ambiental, que es 8826115, se atiende de 7:00 a.m. a 12:00 m. y de 2:00 p.m. a 7:00 p.m. Igualmente, se reciben denuncias a través del correo electrónico mecal.ambiental@policía.gov.co.   ¿La denuncia puede ser anónima? Se puede colocar anónima. Uno sabe que hay personas que tienen mucho miedo de denunciar, porque quien comete el maltrato es un vecino agresivo. A veces, muchas de esas denuncias anónimas se dan por problemas entre vecinos, porque uno le quiere tirar la autoridad al otro, como forma de desquitarse por problemas de convivencia. Hemos encontrado que cuando atendemos supuestas denuncias de maltrato las mascotas, supuestamente víctimas, viven como reyes. Se entiende que la gente no quiera dar los datos para evitarse problemas, pero hay que tener valor civil para denunciar los casos de maltrato. No debe existir miedo si la agresión es real.  ¿Es necesario pasar fotos o videos? Las fotos y los videos que nos entregan  se convierte en material probatorio del caso, si  los presentamos a la Fiscalía, nos sirven para comprobar el tipo de agresión cuando  no vemos a la persona en flagrancia. Esto también permite determinar si el caso puede ser sancionado por la ley 1774 o si se trata de un hecho contravencional, que corresponde a las inspecciones de Policía. Después de recibir la denuncia, ¿cómo procede la Policía Ambiental? Hacemos un filtro para determinar la gravedad de los casos y vamos hasta el lugar a dar respuesta a la queja. Si vemos que es una contravención, se  le da al propietario los pasos de la tenencia adecuada de mascotas a través de un acta y luego se pasa el informe a la inspección de Policía. Si el caso es un maltrato atroz, se evalúa el caso y hasta tenemos la potestad de retirarle la mascota al propietario. ¿Cuánto se demora la atención de una queja? Eso debe responderse de inmediato, pero hay que tener en cuenta que recibimos las denuncias de Yumbo, Jamundí, Candelaria y Cali. En la Policía Ambiental hay 18 profesionales, de ellos hay tres dedicados al tema de maltrato. Si hay muchas denuncias, toca poner a los 18 a trabajar en la atención. También tenemos 80 auxiliares que podemos poner a atender los casos.   ¿A dónde van a parar esos animales que ustedes rescatan? A las diferentes fundaciones protectoras de animales que hay en Cali, son personas que les dan amor y cuidado, sin importar el tamaño, la raza o la condición del animal. 

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