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Se conoció que entre las nuevas regulaciones a las fotomultas se encuentra un certificado de calibración de los equipos y una justificación de su instalación, la cual deberá ser en puntos de alta accidentalidad. | Foto: Foto: Archivo de El País

GOBIERNO NACIONAL

Congreso pone en cintura funcionamiento de las 'fotomultas'

Con esta nueva ley se busca darle facultades al Ministerio de Transporte para que regule las condiciones para la implementación de estos dispositivos en todo el territorio nacional.

16 de junio de 2017 Por: Redacción de El País 

El Congreso aprobó este jueves el proyecto de ley que busca regular la instalación y uso de las ‘fotomultas’ en las vías de todo el país. De esta manera, solo falta que el presidente de la república, Juan Manuel Santos, la sancione para que entre en vigencia.

“Las ‘fotomultas’ van a continuar, pero con un concepto distinto: con un concepto técnico, de seguridad vial y no con un fin lucrativo como se venía presentando en algunas ciudades del país",, manifestó el viceministro de Transporte, Alejandro Maya.

Con esta nueva ley se busca darle facultades al Ministerio de Transporte para que regule las condiciones para la implementación de estos dispositivos en todo el territorio nacional.

Cabe resaltar que la aprobación de este proyecto de ley no tiene efecto retroactivo, es decir, no incide sobre los comparendos ya realizados. Pero las ‘fotomultas’ que se generen deberán ajustarse a los parámetros de la nueva ley.

Los requisitos

Según el Ministerio de Transporte esta ley le dará mayor importancia a la prevención en sitios que estadísticamente registran un alto índice de accidentalidad, los que además deberán contar con suficiente señalización.

“Las ‘fotomultas’ tendrán que cumplir requisitos técnicos como, por ejemplo, ser instaladas donde exista riesgo de accidentalidad vial y estar señalizadas a 500 metros, con el fin de que los conductores sepan que van a llegar a una zona con alto riesgo”, precisó Alejandro Maya.

De esta manera los alcaldes de las ciudades que decidan instalar este tipo de elementos deberán solicitar autorización al Ministerio de Transporte, de acuerdo con la reglamentación que expedirá la entidad.
Y en una proposición que define a los presuntos infractores, por ejemplo, se debe identificar al infractor y no solo tomar la foto de la placa del vehículo.

Según el Ministerio de Transporte con esta ley se pone en cintura las ‘fotomultas’, consideradas como “tramposas” por muchos ciudadanos, quienes se quejan de la existencia de cámaras escondidas o incorrectamente señalizadas, y cuya implementación deja una alta rentabilidad a favor de los operadores privados y no a las Alcaldías.

Regulación, con buena aceptación entre autoridades y usuarios
Para Alfonso Lagos, veedor de movilidad del norte de Cali, esta nueva ley llena un vacío en la reglamentación de estos dispositivos. “Habrá que estudiarla y leerla muy bien para ver si tiene algún ‘mico’ colgado pero en esencia tiene un espíritu que busca proteger al ciudadano”.

Por su parte Janet Mosquera, profesora de la Escuela de Salud Pública de Univalle y experta en movilidad, sostuvo que es positivo que se regulen las ‘fotomultas’ sin olvidar que han sido una herramienta importante para minimizar accidentes en las vías de la ciudad.

“Han ayudado para controlar el mal comportamiento de algunos automovilistas, ya sea por exceso de velocidad, por pisar la cebra o por pasarse el semáforo en rojo”, precisó.

Juan Carlos Orobio, secretario de Movilidad de Cali, declaró que primero hay que estudiar la ley a fondo pero sostiene que en esencia comparte la iniciativa. “Las fotomultas tienen un alto componente educativo y de prevención y en ese sentido se debe programar el uso de tecnología. Un ejemplo de eso es la velocidad, ellas la controlan en los corredores viales”.

En relación con los ajustes a lo que dicta la nueva ley aseveró que se reunirá con los operadores. “Se tendrá que cumplir por ejemplo con la señalización para informar en dónde están las cámaras. De otro lado, todas las fotomultas de Cali están ubicadas en puntos o vías de alta accidentalidad”.

180 días para reglamentar

En el articulado se establece que debe primar la prevención y la seguridad vial para el establecimiento de las ‘fotomultas’, y que tras 180 días de reglamentación de la ley, las concesiones tendrán 90 días para cumplir con lo estipulado y las que no lo hagan tendrán que quitar los dispositivos.

La ley incluyó que los presuntos infractores se podrán defender, a través de medios electrónicos (email, video, conferencias) desde su ciudad de residencia si la fotomulta fue tomada en otro municipio del país.

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