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Dueños de perros en Colombia, atención: Ley prohíbe práctica frecuente y puede ser sancionado con fuerte multa

Tener una mascota no significa que deba ser entrenado para agredir a otros animales o personas.

Ley prohíbe práctica de entrenamiento de perros: Foto de referencia, 123RF

8 de ago de 2025, 05:41 p. m.

Actualizado el 8 de ago de 2025, 05:42 p. m.

Cada vez son más los hogares que en Colombia tienen mascotas, principalmente perros. Según el Dane, el 67 % de las familias tienen un animal de compañía.

Sin embargo, los propietarios de dichas mascotas pasan por alto una de las leyes más importantes del país. Se trata de la Ley 1801 de 2016, que es el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana, pero es más conocido como el Código de Policía.

“Las disposiciones previstas en este Código son de carácter preventivo y buscan establecer las condiciones para la convivencia en el territorio nacional al propiciar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de las personas naturales y jurídicas, así como determinar el ejercicio del poder, la función y la actividad de Policía, de conformidad con la Constitución Política y el ordenamiento jurídico vigente”, explica el primer artículo sobre el objeto de esta ley.

Claro está que esta normativa establece las acciones que pueden ser sancionadas por parte de las autoridades, entre ellas está la tenencia responsable de mascotas.

Este centro puede llegar a atender a 140 pacientes en un día.
Imagen de referencia | Algunas personas llevan sus mascotas a los parques y los enseñan a atacar, hecho que está prohibido por la ley. | Foto: Centro de Bienestar Animal

Justamente el Código de Policía en el capítulo III hace referencia “a la convivencia de las personas con los animales”. En el primer artículo de este apartado, el 124, indica los “comportamientos que ponen en riesgo la convivencia por la tenencia de animales”.

Esta es la acción que está prohibida hacer con los perros

En el artículo 124 de la ley 1801 de 2016 se explica que quedan prohibidos ciertos comportamientos que pueden llegar a hacer los dueños de perros y, “por lo tanto, no deben efectuarse”.

El numeral 8 del artículo deja claro que está prohibido “entrenar ejemplares caninos para su participación en peleas como espectáculo”. Tampoco se pueden entrenar perros “para la agresión de las personas, a las cosas u otros animales”.

Por ende, deja claro que no se podrán “establecer asociaciones caninas orientadas para este fin”.

Lo anterior debe ser tenido en cuenta por algunas personas que suelen llevar a sus perros al parque y con el objetivo de incentivar a su mascota a que ataque a través del uso de ciertos elementos como llantas, sin conocer que, según el Código de Policía, esa acción no está permitida porque se está adiestrando al perro para agredir.

Los dueños de mascotas no pueden entrenar perros para agredir a personas u otros animales. Foto: 123RF

Multa por entrenar perros para que ataquen

La multa por entrenar perros para la agresión de las personas, a las cosas u otros animales es de tipo 4.

Esto quiere decir que, según el artículo 180, esa acción tendrá una sanción económica de “dieciséis (16) salarios mínimos diarios legales vigentes (smdlv)”.

Por ende, la persona que incurra en ese acto deberá pagar $ 757.600.

Comunicadora Social - Periodista de la Universidad Autónoma de Occidente, con amplia experiencia en periodismo regional, comercial y desde hace tres años trabajo en la sección de economía.

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