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Voceros en Cartago iniciaron labores con la comunidad

Desde el pasado lunes, los cartagüeños cuentan con 30 voceros elegidos por voto popular. Ellos serán los encargados de gestionar ante la Administración local la solución de las principales necesidades de cada una de las comunas. Trabajo ad honorem.

7 de febrero de 2012 Por: Mónica A. Arias C. Reportera de CartagoHoy

Desde el pasado lunes, los cartagüeños cuentan con 30 voceros elegidos por voto popular. Ellos serán los encargados de gestionar ante la Administración local la solución de las principales necesidades de cada una de las comunas. Trabajo ad honorem.

Que el parque necesita arreglo y que se requiere mayor control del tránsito y mejorar la cultura ciudadana son solo algunas de las peticiones que a diario le hacen los cartagüeños a la Administración Municipal a través de cartas, derechos de petición y medios de comunicación.No obstante, existe un canal directo entre los gobernantes y la comunidad: Las Juntas Administradoras Locales, JAL. No son comunales ni concejales, pero hacen la función de ambos.Los miembros de las JAL son llamados comuneros, no reciben remuneración alguna por su trabajo, sus inhabilidades son las mismas que la de los ediles y su elección se hace a través del voto popular y con el aval de un partido político.Así, el pasado 30 de octubre los cartagüeños eligieron 40 comuneros, aunque en firme solo hay 30, quienes el pasado tomaron posesión de sus cargos ante el alcalde Álvaro Carrillo.“Es el pueblo el que tiene una responsabilidad grande y se dará importancia a su trabajo”, les aseguró el Mandatario de la Villa de Robledo a los nuevos comuneros. Y es que si bien la experiencia es poca en la ciudad –es la segunda vez que se eligen JAL- el poder comunal ha tenido grandes logros, como unir la población en torno a las necesidades más apremiantes y tratar de darles solución a través del Presupuesto Participativo.Ana Fernanda Correal, funcionaria de la Secretaría de Promoción y Participación Ciudadana del Municipio, explicó que aún no se ha definido cómo se enfocará el programa en esta Administración.Sin embargo, los comuneros esperan que sea más efectivo que el anterior, cuando el aporte de la Alcaldía fue de 30 millones de pesos por comuna, representados en materiales de construcción para proyectos en los que la comunidad aportaba la mano de obra no calificada. Aún esperan los recursos del presupuesto del 2009.“En la Administración anterior nos daban los materiales, pero todo dependía de la organización de las Juntas de Acción Comunal, a los comuneros no nos tenían muy en cuenta”, manifestó Luz Miryam Valencia, comunera de la Comuna 6.Mucho por hacerLa Ley 136 de 1994, que rige todo lo relacionado con participación ciudadana y organización del territorio, contempla un amplio listado de funciones para los comunales, aunque las inhabilidades también son muchas, pese a ser un trabajo ad honorem.Y es que ser vocero de la comunidad ante los gobiernos Local, Departamental y Nacional no tiene más remuneración que la satisfacción del deber cumplido, pues muchas veces, como dice Israel Abadía, de la Comuna 1, “ni siquiera nos dan el crédito de la gestión”.Así, los comunales pueden presentar proyectos de Acuerdo al Concejo; recomendar la aprobación de determinados impuestos y contribuciones, y promover, en coordinación con las diferentes instituciones cívicas y Juntas de Acción Comunal, la activa participación de los ciudadanos en asuntos locales.De igual manera, los miembros de estas corporaciones podrán fomentar microempresas, famiempresas, empresas comunitarias de economía solidaria, talleres mixtos, bancos de tierra, bancos de maquinaria y actividades similares y colaborarle a la población en la defensa de sus derechos, a través de peticiones formales y acciones de tutela.En este sentido, Claudia Giraldo, vocera de los comunales, solicitó al Alcalde de la Villa de Robledo que les dé participación en la construcción del Plan de Desarrollo , mientras que sus compañeros hicieron énfasis en la necesidad de una sede para trabajar y una mayor interlocución entre funcionarios y comunidad.Pero así como las tareas son muchas, las limitaciones también. La misma ley contempla, por ejemplo, que los comunales no pueden aceptar cargos en el sector público, tampoco ser contratistas a nombre propio o a través de terceros ni ser miembros de juntas directivas o consejos directivos de los sectores central o descentralizado del respectivo municipio o de instituciones que administren tributos procedentes del mismo.Por estas razones, en la Villa ya son varios los comuneros que han renunciado o no se posesionaron y, aunque en la Administración sostienen que ahora todo depende de lo que defina la Registraduría, Juan Carlos Franco, funcionario de esta entidad en Cartago, señaló que allí solo se declara la elección, pero que no son competentes para determinar qué hacer.Lo cierto es que, según la legislación, al igual que cuando hay una vacancia en el Concejo, ésta se cubre con quien siga en la lista, de acuerdo con los votos obtenidos: el problema es que muchas listas no superaron las cinco personas.Así, por el momento el poder comunal de Cartago espera consolidarse para ganar más espacio como los voceros de la comunidad que son.

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