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Congreso de la República | Foto: Colprensa

CONGRESO DE LA REPÚBLICA

Trámite de la JEP en el Senado, a paso lento tras un nuevo debate

Este miércoles se votaron parte de los impedimentos que esgrimieron más de 20 congresistas. En la Cámara de Representantes el debate no se realizó por ausentismo.

1 de noviembre de 2017 Por: Colprensa 

A paso lento empezó a avanzar la discusión de la ley estatutaria de la Justicia Especial de Paz (JEP), en la plenaria del Senado de la República, para lo cual este miércoles se votaron parte de los impedimentos que esgrimieron más de 20 congresistas.

Entre los impedimentos que fueron avalados para que no vayan a votar estuvieron los de los senadores Julio Guerra, Nadie Blel y Mauricio Aguilar. Sin embargo, desde Cambio Radical se advirtió que la comisión que había presentado un informe sobre cuáles impedimentos aprobar o no, se equivocó al precisar cada caso.

De otra parte, el alto comisionado de paz, Rodrigo Rivera, le hizo un llamado especial al Congreso de la República, para que avance en la votación de la ley de la JEP, quien consideró que el inicio de las actividades de las Farc como movimiento político así lo requieren.

“Los acuerdos de paz establecen que no puede haber inhabilidad política pero sí puede haber incompatibilidad. ¿Qué quiere decir esto? Si la JEP establece unas sanciones restrictivas de la libertad, unas sanciones que los comprometa con obligaciones concretas en los espacios de capacitación y reincorporación, eso hará incompatible el cumplimiento de esas obligaciones frente a la JEP con el ejercicio de la política”, señaló.

El alto comisionado insistió que “sí hay participación política. Está garantizada en los acuerdos en el acto legislativo, pero no es incondicional. Está condicionada al cumplimiento de las obligaciones frente a la JEP, que van a ser verificadas por la magistratura de la Jurisdicción Especial para la Paz”.

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Finalmente, señaló: “lo dijimos ante la Corte Constitucional, cuando defendimos la constitucionalidad de todo este marco jurídico: si la JEP impone unas sanciones que hagan que su cumplimiento sea incompatible, por ejemplo con el ejercicio de funciones políticas en el Congreso, priman las obligaciones con la JEP y eso hará incompatible el ejercicio de la política con el cumplimiento de obligaciones prioritarias en el sistema de verdad, justicia, reparación y no repetición”.

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