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La 'letra menuda' del Acto Legislativo para la Paz en once preguntas clave

El proyecto aprobado por la Cámara es la herramienta que le permitirá al Gobierno tramitar las leyes para implementar los acuerdos de La Habana.

5 de junio de 2016 Por: Redacción de El País

El proyecto aprobado por la Cámara es la herramienta que le permitirá al Gobierno tramitar las leyes para implementar los acuerdos de La Habana.

Después de ocho debates, el Acto Legislativo para la Paz logró ser aprobado por las mayorías del Congreso de la República. Son cinco artículos, entre ellos  uno acordado por las delegaciones  del Gobierno y las Farc, en La Habana,  y con la reiteración de que sin refrendación no se aplicará lo planteado en la iniciativa.

Y fue precisamente ese artículo, con el cual se blindará  y elevará a la categoría de acuerdo especial  el documento final que se firme entre Gobierno y guerrilla el que generó una polémica en sectores políticos, al punto de que algunos congresistas  lo calificaron de “exabrupto”.  

Lea también: ¿Qué contempla el acto legislativo para la paz?

Y la oposición, representada en el Centro Democrático ya anunció una demanda contra el proyecto al que la Cámara de Representantes le dio el último debate el pasado miércoles.

Pero qué contiene y qué  se pretende con este acto legislativo, que tras la sanción del presidente Juan Manuel Santos queda  a la espera de la revisión  de la Corte Constitucional. 

El País explica cómo quedó el Acto Legislativo para la Paz y los alcances de esta iniciativa, considerada una de las más importantes por el Gobierno Nacional.  

¿Por qué es importante el Acto Legislativo para la Paz?

 Porque esta  iniciativa  en su   articulado establece los instrumentos que le permitirán al Gobierno tramitar  las leyes  y reformas requeridas para implementar los acuerdos de paz  en materia rural, de participación política y los demás que se pacten con la guerrilla.  

¿Cuántos artículos tiene el proyecto?

En total cinco, porque en el séptimo debate en la Cámara de Representantes se le introdujo uno acordado en la Mesa de Diálogos de La Habana para blindar los acuerdos y elevarlos a categoría  especial. 

¿Qué se estipula en el primer artículo del acto legislativo?

Allí se establece la  creación de un procedimiento especial transitorio, por seis meses, que reduce el tiempo de legislación.

En él se plantea que las reformas y leyes serán de autoría exclusiva del Gobierno Nacional, y que si los congresistas quieren hacer modificaciones deberán contar con el aval del mismo.

En sesiones extraordinarias  se podrán discutir las iniciativas y los proyectos de ley que serán tramitados en dos debates: el primero en las comisiones conjuntas de Senado y Cámara, según el tema que corresponda; y el segundo en las plenarias.

Esta semana se haría la conciliación del texto  del Acto Legislativo para la Paz  que aprobó la  Cámara con la  plenaria del Senado de la República.

Tras eso, se debe promulgar, es decir, publicar el acto legislativo por el presidente Santos, y de allí pasará a control de la Corte Constitucional.
¿Y qué pasará con las reformas constitucionales?

En cuanto a las reformas constitucionales, que normalmente tienen 8 debates se reducirán a 4, por lo que se harán 2 en Senado y otros  2 en Cámara o viceversa. 

Y por último también se definió  que los proyectos y reformas tendrán control automático y único de constitucionalidad tras la respectiva aprobación.

¿El acto legislativo otorga facultades al Presidente de la República?

Sí, en el artículo segundo. Este ha merecido críticas de la oposición debido a que le otorga  al Presidente de la República la capacidad de expedir decretos con fuerza de ley.

¿Y por cuánto tiempo se las otorga?

Estas facultades  se le darán por 180 días, tras la entrada en vigencia del Acto Legislativo para la  Paz.

¿Pero le pone algunas limitaciones al Jefe de Estado?

Sí. El Presidente de la República  no podrá expedir reformas constitucionales, leyes estatutarias, orgánicas, códigos o leyes que necesiten mayorías calificadas o absolutas para su aprobación, ni podrá decretar impuestos.

¿De qué trata el Artículo 3 del acto legislativo?

Se refiere al plan plurianual de inversiones para la paz, que deberá ser incluido en el Plan Nacional de Desarrollo con un componente específico para los sectores más afectados por el conflicto armado.

En el Artículo 3 también se establece que al inicio de cada legislatura el Presidente, la Procuraduría, Contraloría y Defensoría presentarán al Congreso un informe sobre la inversión realizada durante el año anterior.

¿Cuál fue el artículo que se pactó en La Habana y que se introdujo en la iniciativa?

El artículo cuarto. En él se le abre la puerta al acuerdo final para que ingrese al bloque de constitucionalidad y sea considerado como referencia durante la implementación de los acuerdos.

También determina que el acuerdo se eleva a categoría especial en los términos de los convenios de Ginebra y se establece que una vez este vigente el acto legislativo, lo pactado será incorporado al derecho interno por medio de una ley tramitada de manera especial por el Congreso.

¿Cuándo entrará en vigencia el Acto Legislativo para la Paz? 

Según el último artículo, es decir el quinto, que corresponde a la vigencia  de  su contenido, el  acto legislativo rige a partir de la refrendación popular del acuerdo final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera.

¿Por qué se introdujo esa condición en ese artículo?

Es modificación, que introdujo la  Cámara de Representantes, fue con el ánimo de eliminar los comentarios respecto a que si el acuerdo final entra al bloque de constitucionalidad, ya no se necesitará la refrendación popular.

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